DECRETO 449 RD 3457 - 21 de Diciembre de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447991478

DECRETO 449 RD 3457

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3457 21 DICIEMBRE 2005
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3457 • pP. 1-22 • 2005 • DICIEMBRE 21
22
ARTÍCULO 10.- RECONOCIMIENTO.
De conformidad con lo expuesto en la parte
considerativa del presente acto administrativo, las edi-
ficaciones existentes, levantadas en el predio que ocu-
pa el Club no serán objeto de adopción de plan de re-
gularización y manejo, pero serán objeto del trámite de
reconocimiento ante una de las curadurías urbanas de
la ciudad.
ARTICULO 11.- VIGENCIAS Y DEROGATORIAS.
Se define como vigencia del presente Plan la corres-
pondiente al Plan de Ordenamiento Territorial. La pri-
mera etapa se encuentra definida inicialmente dentro
del período 2004-2005, al término de los cuales el Club
Social se obliga a la formulación de las etapas conse-
cuentes, las cuales podrán ser adoptadas por este
Departamento.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su pu-
blicación en el Registro Distrital y la Gaceta de Urba-
nismo y Construcción, así mismo deroga las disposi-
ciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C. a los veintiún (21) días de
diciembre de dos mil cinco (2005).
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor
CARMENZA SALDIAS BARRENECHE
Directora
Departamento Administrativo de Planeación Distrital
Decreto Número 449
(Diciembre 21 de 2005)
«Por medio del cual se reglamenta la competen-
cia para socilitar, conocer, tramitar y resolver
solicitudes de revocatoria directa de licencias
urbanísticas otorgadas por los curadores
urbanos de Bogotá D.C.».
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En uso de las atribuciones legales que le confiere
los artículos 38, numerales 1, 3 y 4; y 39 del
Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 110 de la
CONSIDERANDO:
Que en Bogotá D.C, corresponde a los curadores ur-
banos de la ciudad, realizar el estudio, trámite y expe-
dición de las licencias de urbanización, parcelación y
subdivisión, conforme a lo ordenado por la Ley 388 de
1997, modificada por la Ley 810 de 2003.

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