DECRETO 318 RD 3596 - 18 de Agosto de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448003314

DECRETO 318 RD 3596

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3596 18 AGOSTO 2006
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3596 • pP. 1-383 • 2006 • AGOSTO 18 383
Decreto Número 318
(Agosto 15 de 2006)
Por el cual se adopta el Plan Maestro de
Equipamientos de Salud para Bogotá Distrito
Capital.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D. C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial de las que le confiere el
artículo 38, numeral 4º del Decreto Ley 1421 de
1993, y el artículo 46, parágrafo 3º del Decreto
Distrital 190 de 2004,
CONSIDERANDO:
Que el presente Plan Maestro se formula con funda-
mento en las disposiciones constitucionales, especial-
mente en los derechos fundamentales como el dere-
cho a la vida y el derecho a la salud, consagrado en los
artículos 44, 48, 49 y 50 de la Constitución Política de
Colombia.
Que las normas principales de carácter nacional que
desarrollan las disposiciones constitucionales son la
Ley 100 de 1993, Ley 715 de 2001 y Decreto Nacional
2309 de 2002.
Que el Decreto 190 de 2004, que contiene la compila-
ción del Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito
Capital, define los Planes Maestros de equipamientos
como instrumentos estructurantes de primer nivel, los
cuales tienen un horizonte de largo plazo. Con base en
ellos se estructura la estrategia de ordenamiento adop-
tada y se constituyen en instrumentos que orientan la
programación de la inversión y los requerimientos de
suelo para el desarrollo de las infraestructuras y
equipamientos.
Que de acuerdo con el artículo 233 del Decreto Distrital
190 de 2004 los equipamientos de salud son los desti-
nados a la administración y a la prestación de servicios
de salud, de promoción, protección específica, detec-
ción precoz, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación
que presten las instituciones prestadoras de servicios
de salud privadas, de todos los niveles de complejidad
y categorías, así como las públicas (Empresas Socia-
les del Estado) de orden Distrital, Departamental o Na-
cional.
Que en el diagnóstico de soporte a la formulación del
Plan Maestro se identificó una distribución inequitativa
en el territorio de los equipamientos de salud en la ciu-
dad, lo que trae como consecuencia dificultades en la
accesibilidad espacial de la población, en especial de
la más pobre y vulnerable; déficit de la oferta de servi-
cios de salud en términos del recurso humano, camas
hospitalarias e infraestructura física, en los tres nive-
les de atención de la red de hospitales públicos adscri-
tos a la Secretaria Distrital de Salud; baja correspon-
dencia entre el perfil de los equipamientos y servicios
de salud con relación a las necesidades actuales y fu-
turas de la población; y a la vulnerabilidad y riesgo de
los equipamientos de salud frente a una situación de
desastre.
Que con base en los resultados del estudio se plantea
la necesidad de integrar la red de prestadores de servi-
cios de salud pública y privada para brindar una aten-
ción en salud con oportunidad, calidad y eficiencia.
Que la implementación de la estrategia de Atención
Primaria en Salud reorganiza el modelo de atención en
salud del Distrito Capital, para responder de manera
eficaz a las necesidades sociales de la población, bajo
un enfoque promocional de la salud y la calidad de vida.
Que la puesta en marcha de esta estrategia de Aten-
ción Primaria en Salud implica la adecuación de los
equipamientos existentes (UBAS, UPAS y CAMIS) y
la construcción y dotación de los nuevos equipamientos
de atención de la red pública adscrita a la Secretaría
Distrital de Salud.
Que se elaboró un Documento Técnico de Soporte con
un diagnóstico del sector de salud y sus relaciones con
el territorio, que sirve de fundamento para la formula-
ción del presente Decreto.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO 1
ADOPCIÓN, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PLAZO
DE EJECUCIÓN
Artículo 1. Adopción. Adoptar el Plan Maestro de
Equipamientos de Salud para Bogotá Distrito Capital,
en los términos del presente decreto.
Artículo 2. Documentos del Plan. El Plan Maestro
de Equipamientos de Salud está integrado, además de
este decreto, por las normas que lo desarrollen y por
los siguientes anexos:
1. Cartografía, compuesta por los siguientes planos:
Plano No. 1: Proyectos por plazos de ejecución.
Plano No. 2: Proyectos por obra nueva
Plano No. 3: Proyectos por intervención
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3596 • pP. 1-384 • 2006 • AGOSTO 18
384
Plano No. 4: Red futura final 2019
2. Cuadro de proyectos del Plan Maestro
3. Glosario de términos
Artículo 3. Ámbito de Aplicación. El Plan Maestro de
Equipamientos de Salud tiene como ámbito de aplica-
ción el Distrito Capital tanto en su territorio urbano como
rural.
Artículo 4. Plazo de Ejecución. El Plan Maestro de
Equipamientos de Salud tendrá un plazo de ejecución
hasta el 31 de diciembre de 2019. Para tales efectos,
se considera el corto plazo desde la fecha de publica-
ción de este Decreto hasta el 2008; como el mediano
plazo, hasta el 2012; y como largo plazo, hasta el 2019.
CAPÍTULO 2
POLÍTICAS, OBJETIVOS, ESTRATEGIAS, METAS
Artículo 5. Políticas del Plan Maestro de
Equipamientos de Salud. Son políticas del Plan Maes-
tro de Equipamientos de Salud en el Distrito Capital las
siguientes:
a. Política de Accesibilidad y Equidad Espacial
El Plan Maestro se orienta al mejoramiento de las con-
diciones de accesibilidad y equidad espacial en la dis-
tribución de los equipamientos, para el fortalecimiento
de la red de servicios de salud, y del enfoque
promocional de calidad de vida y salud.
b. Política de Calidad
El Plan Maestro articula y complementa las normas del
sector salud y demás normas relacionadas con cons-
trucciones hospitalarias, para que los equipamientos
de salud, bien sean de carácter público, privado o soli-
dario, localizados o por localizar en el territorio del dis-
trito capital, cuenten con una infraestructura de cali-
dad ambiental, arquitectónica y urbanística, que guar-
de relación con el entorno social, natural y territorial.
c. Política de Seguridad de los equipamientos
El Plan Maestro orienta las acciones dentro del marco
del plan de equipamientos en salud y las políticas sec-
toriales para reducir la vulnerabilidad y controlar la ame-
naza asociada a riesgos ambientales, naturales y
antrópicos debidos a su localización, estructura y uso.
d. Política de Gestión
El Plan Maestro direcciona las acciones, programas y
estrategias del plan para lograr la disponibilidad de sue-
lo requerida para el desarrollo físico de los
equipamientos de salud, dando prevalencia a los prin-
cipios de interés general sobre el particular, la función
social y ecológica de la propiedad y la distribución equi-
tativa de las cargas y beneficios.
Las acciones del Plan contribuyen en la conformación
y operación de las redes de servicios en salud, promo-
viendo la articulación de los actores del sistema gene-
ral de seguridad social en salud, localizados en el terri-
torio del Distrito Capital.
Artículo 6. Objetivo general del Plan Maestro. Or-
denar y mejorar la oferta actual y futura de
equipamientos y servicios de salud, públicos y priva-
dos, de manera accesible, equitativa, disponible, inte-
gral y de calidad para contribuir en la garantía al dere-
cho a la salud de la población del Distrito Capital.
Artículo 7. Estrategias generales. El Plan Maestro
basará la inclusión y la equidad en la articulación de las
necesidades sociales de salud y la perspectiva física y
socioeconómica del ordenamiento del territorio a tra-
vés del desarrollo de las siguientes estrategias:
1. Estrategia de Accesibilidad y Equidad Espa-
cial.:
a. Redistribución y optimización de la oferta de
equipamientos y servicios de salud públicos
y privados, de acuerdo con las necesidades
establecidas en el diagnostico sectorial del
Plan Maestro de Equipamientos en Salud.
b. Suficiencia de recursos humanos, tecnológi-
cos, y financieros necesarios para asegurar
la óptima prestación de servicios de salud
en el territorio distrital.
c. Articulación intersectorial entre lo público y
lo privado para el mejoramiento de la accesi-
bilidad a los servicios de salud.
2. Estrategia de Calidad.
a. Mejoramiento de las condiciones arquitectó-
nicas, ambientales y confort de los
equipamientos en salud, adecuándolos a los
estándares contemplados en la normatividad
vigente.
b. Implementación de los lineamientos urbanís-
ticos definidos en el presente Plan Maestro
para equipamientos públicos y privados se-
gún escala.
3. Estrategia de Reducción de Vulnerabilidad y
Gestión del Riesgo.
a. Reubicación de equipamientos localizados en
zonas de alto riesgo no mitigable y en com-
ponentes de la estructura ecológica princi-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR