DECRETO 399 RD 3239 - 15 de Diciembre de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448656578

DECRETO 399 RD 3239

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3239 15 DICIEMBRE 2004
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3239 • pP. 1-29 • 2004 DICIEMBRE 15 29
(Diciembre 15 de 2004)
Por el cual se reglamenta la Unidad de
Planeamiento Zonal (UPZ) No. 28, EL RINCON,
ubicada en la Localidad de SUBA.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y
legales, en especial de las conferidas por el
artículo 38, numeral 4, del Decreto Ley 1421 de
1993, y por los artículos 334 y 426 del Decreto
Distrital 190 de 2004, por medio del cual se compi-
lan las disposiciones contenidas en los Decretos
Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que la presente reglamentación de la Unidad de
Planeamiento Zonal (UPZ) No. 28, EL RINCON se ela-
boró de conformidad con las disposiciones contenidas
en los artículos 49, 50, 158, 295 a 300, 334, 385, 386 y
387, del Decreto 190 de 2004(Compilación del POT). En
este marco, la norma de la Unidad de Planeamiento Zonal
(UPZ), No. 28, EL RINCON, se desarrolla como una he-
rramienta de ordenamiento territorial, adopta una estruc-
tura básica de ordenamiento para la UPZ, estableciendo
prioridades de acción e instrumentos gestión, en función
de acercar la toma de decisiones a la escala zonal y a
los actores involucrados, propendiendo al acceso de una
mejor calidad de vida urbana de los habitantes.
Que la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) Nº 28, EL
RINCON, se ha definido como una UPZ prioritaria de
intervención del Subprograma de Mejoramiento Integral,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 296 del
Decreto Distrital 190 de 2004 (Compilación del POT)
por estar conformada con asentamientos humanos de
origen ilegal, con uso residencial predominante, de es-
tratos 1 y 2, los cuales presentan serias deficiencias
de infraestructura, accesibilidad, equipamientos y es-
pacio público; por lo tanto, y en cumplimiento del Artí-
culo 295 del Decreto 190 de 2004, se orientarán las
acciones de complementación, ordenamiento o adecua-
ción requeridas tanto en el espacio urbano como en las
unidades de vivienda.
Que la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) Nº 28, EL
RINCON, se localiza en el borde nor-occidental de la
ciudad, hace parte del área de influencia de la "Opera-
ción Estratégica Centralidad Suba", la cual, de acuerdo
con el artículo 71 del Decreto Distrital 190 de 2004 (Com-
pilación del POT), tiene como directrices generales para
su desarrollo la promoción de la localización de
equipamientos de escala urbana, el mejoramiento del
espacio público, el mejoramiento de las condiciones de
accesibilidad y movilidad del sector, y el estímulo de la
localización de servicios y de actividades complemen-
tarias a la vivienda.
Que la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No.28, EL
RINCON, se rige por el tratamiento de mejoramiento
integral, el cual constituye una categoría nueva a partir
del POT que se aplica en los asentamientos de origen
informal y otras áreas que presentan importantes defi-
ciencias en la infraestructura o en el equipamiento ur-
bano y que precisa una doble actuación: definir un con-
junto de acciones para mejorar las condiciones del es-
pacio público y privado y definir las normas para las
construcciones populares adecuadas a su realidad.
Que las zonas urbanas en las cuales se aplica el
Subprograma de Mejoramiento Integral se regirán por el
Tratamiento de Mejoramiento Integral, de acuerdo con el
artículo 299 del Decreto Distrital 190 de 2004 (Compila-
ción del POT), el cual presenta dos modalidades: de In-
tervención Reestructurante a escala urbana y zonal, para
los sectores que requieren generar condiciones de acce-
sibilidad, infraestructura y dotación de equipamientos y,
de Intervención Complementaria a escala zonal y veci-
nal, para los sectores que requieren consolidar los pro-
cesos de construcción y cualificación de espacio públi-
co, infraestructura y dotaciones locales.
Que adelantado el estudio técnico para la formulación
de la estructura básica de ordenamiento y la reglamen-
tación de la Unidad de Planeamiento Zonal UPZ No.28,
EL RINCON, y de conformidad con las disposiciones
contenidas en el artículo 298 del Decreto 190 de 2004
(Compilación del POT), se encontró lo siguiente: En
términos del sistema de espacio público, la UPZ cuen-
ta con 2.2. m2 de zona verde por habitante, sobre el
promedio de la ciudad que corresponde a 4.7 m2 por
habitante; en relación al sistema de movilidad, se cuenta
con 2.3% de malla vial arterial construida y el 1.5% de
malla vial local construida, sobre el promedio de la ciu-
dad que corresponde al 4.6% y al 20% respectivamen-
te; en términos del sistema de equipamientos de edu-
cación y bienestar social se cuenta con 2.3 m2 por
estudiante sobre el promedio óptimo de 7.75 m2 por
estudiante.
Que adoptada la estructura básica de ordenamiento de
la Unidad de Planeamiento Zonal UPZ No.28, EL RIN-
CON, se busca: En términos de espacio público, llegar
a 6 m2 de zona verde por habitante; en relación al sis-
tema de movilidad, en lo que se refiere a la malla vial
arterial, se propone construir un 31.43% de las 48.99
Has, que hacen falta, y en cuanto a la malla vial local,
Corredores de Movilidad Local - CML, se propone cons-
truir un 36.59% de las 15.85 Has faltantes; en relación
al sistema de equipamiento de educación y bienestar
social se requiere llegar al promedio óptimo de 7.75 m2
por estudiante.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3239 • pP. 1-30 • 2004 DICIEMBRE 15
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Que a partir de la definición de la estructura urbana de
conformidad con las disposiciones contenidas en el
artículo 300 del Decreto 190 de 2004(Compilación del
POT), para la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) Nº
28, EL RINCON, se adelantarán los procesos de lega-
lización y regularización cuando haya lugar a ello.
Que la Administración Distrital, llevó a cabo un proce-
so de participación ciudadana, cuya primera fase con-
sistió en la realización de un taller de trabajo adelanta-
do el día 06 de marzo de 2004 con líderes comunitarios
y autoridades de la localidad, donde se presentó a con-
sideración la propuesta de estructura urbana y de ficha
normativa y el anteproyecto de decreto para la Unidad
de Planeamiento Zonal (UPZ) Nº 28, EL RINCON, así
mismo, se dejaron instalados buzones para los aportes
de la ciudadanía.
Que posteriormente y a partir de las inquietudes ex-
puestas por los ciudadanos, tanto en el taller como las
recibidas en los buzones ubicados en las dependen-
cias de la Localidad de Suba, se ajustó la propuesta de
ordenamiento, de reglamentación, las políticas y estra-
tegias formuladas. Adicionalmente, se adelantó entre
otros, el análisis y medición de los impactos de natura-
leza socioeconómica, urbanística y de infraestructura,
que el proyecto normativo tendría sobre la zona, así
mismo, se formuló el capítulo de instrumentos de ges-
tión y los hechos generadores de participación en
plusvalía. Las memorias del proceso fueron remitidas
mediante oficio No. 2-2004-24253 de fecha 19 de octu-
bre de 2004 dirigido a la Alcaldía Local de Suba, con el
propósito de que dicha Entidad las divulgue a la co-
munidad.
Que para la adopción de la normativa urbanística con-
tenida en el Decreto que reglamenta la Unidad de
Planeamiento Zonal (UPZ) No.28, EL RINCON, sirvie-
ron de base los estudios y resultados de los análisis
de las siguientes variables y procesos:
1. Estudio para la definición de la estructura urbana
básica y caracterización socio-económica:
Caracterización de la UPZ a partir de las relaciones
regionales, urbanas y zonales.
Construcción de información básica de diagnóstico.
Verificación de información predio a predio, según base
digital DAACD y planos urbanísticos del DAPD.
Recaudo predial.
Estudios de población y su proyección de crecimiento.
Estratificación socioeconómica.
Diagnóstico detallado de la estructura ecológica princi-
pal de la UPZ: Estudio de pendientes, topografía, sis-
tema hídrico, sistema de áreas protegidas, zonificación
de amenaza y riesgos.
Formulación de proyectos y/o acciones prioritarias.
Diagnóstico detallado de la estructura funcional y de
servicios al interior de la UPZ: Sistema de movilidad,
sistema de espacio público, sistema de equipamientos,
sistemas generales de servicios públicos.
Análisis de las condiciones de la vivienda.
2. Estudio para la definición de la ficha reglamentaria.
Revisión de norma (resoluciones de legalización, Acuer-
do 6/90 y Plan de Ordenamiento territorial).
Definición de áreas homogéneas.
Delimitación de áreas de intervención reestructurantes
y complementarios.
Modelación de escenarios para medición de impacto
de la norma propuesta.
3. Memorias del proceso de participación ciudadana y
sistematización de información.
Relación de actores estratégicos de la UPZ.
Memoria de realización de talleres con la comunidad
(Estructura urbana y norma).
Valoraciones técnicas a las propuestas presentadas en
el taller y en los buzones.
DECRETA:
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES PRELIMINARES.
ARTÍCULO 1. OBJETIVO.
El objetivo general de ordenamiento urbano y de la re-
glamentación de la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ)
No 28, EL RINCON es contribuir al mejoramiento de la
calidad de vida acercando la toma de decisiones a la
escala zonal y a los actores involucrados, mediante la
orientación de acciones de ordenamiento,
complementación o adecuación, consignadas en el pre-
sente decreto que serán operadas por el Subprograma
de Mejoramiento Integral; Así mismo, la reglamenta-
ción busca consolidar el carácter residencial de la zona
y dinamizar económicamente la UPZ.
El conjunto de acciones que orientan las políticas es-
pecíficas para la UPZ, se enmarcan dentro de los obje-
tivos y políticas definidos en el Artículo 6 del Capítulo
1 del Título II del Decreto Distrital 190 de 2004 ( Compi-
lación del POT).
A. POLITICAS Y ESTRATEGIAS.
Las estrategias adoptadas en el presente Decreto, orien-

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