DECRETO 317 RD 2956
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 2956 29 SEPTIEMBRE 2003 |
Emisor | Alcaldia Mayor |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 37 • Número 2956 • pP. 1-1 • 2003 • SEPTIEMBRE • 29 1
DECRETOS DE 2003
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 37
Número 2956
2003 • SEPTIEMBRE • 29
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 317
(Septiembre 29 de 2003)
«Por el cual se prorroga un período de Sesiones
Extraordinarias».
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial de las que le confiere el artícu-
lo 10 del Decreto Ley 1421 de 1993.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Modifíquese el artículo 1 del
Decreto 275 del 9 de septiembre de 2003 en el sentido
de prorrogar las Sesiones Extraordinarias convocadas
por el Gobierno Distrital hasta el 31 de octubre de 2003,
con el propósito de que el Concejo Distrital continúe
con el estudio de los Proyectos de Acuerdo a los que
se refieren los Decretos Distritales 275 y 281 del pre-
sente año.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Inclúyase el proyecto de
Acuerdo de iniciativa del Concejo «Por el cual se refor-
ma el reglamento interno del Concejo de Bogotá en lo
relacionado con el pago de honorarios a los concejales
por asistencia a Sesiones Plenarias y de Comisión
Permanente», centro del listado de proyectos de acto
administrativo que se debatirán dentro del período an-
teriormente indicado.
ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días
del mes de septiembre de dos mil tres (2003).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Alcalde Mayor
Decreto Número 318
(Septiembre 29 de 2003)
«Por el cual se designa un Director Ad-hoc».
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de sus facultades legales, en especial
las conferidas por el numeral 6 del artículo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Acuerdo 14 de 1998 señala que
además de cumplir con el requisito de orden presu-
puestal, las modificaciones de la planta de personal
de las entidades del Distrito Capital, que deben
regularse por lo normado en la Ley 443 de 1998, re-
quieren del concepto técnico previo del Departamento
Administrativo del Servicio Civil Distrital.
Que en aras a garantizar los principios de imparciali-
dad y moralidad previstos en el artículo 209 de la Cons-
titución Política, se hace necesario designar un fun-
cionario distrital ajeno a la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y al Departamento
Administrativo del Servicio Civil, para que emita los
conceptos técnicos respecto de las modificaciones de
planta de cargos que se requieran adelantar en dichas
entidades.
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Designar al Secretario de Hacienda
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