DECRETO 501 RD 3017 - 30 de Diciembre de 2003 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448970482

DECRETO 501 RD 3017

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3017 30 DICIEMBRE 2003
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3017 • pP. 1-29 • 2003 DICIEMBRE 30 2929
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Unico de Alumbrado Público para Bogotá, D.C., al inte-
rior de cada una de las Entidades Distritales represen-
tadas en el Comité y adoptar las modificaciones al
mismo que considere pertinentes.
3. Analizar y aprobar las propuestas de modificación
del Manual Unico de Alumbrado Público que presenten
las entidades públicas o privadas, siempre y cuando
reúnan los requisitos establecidos en los numerales
10.2. "Procedimiento de actualización del Manual" y
10.3. "Criterios para la actualización del Manual". Las
modificaciones al MUAP serán adoptadas por la Ge-
rencia de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos
mediante resolución motivada que incluirá en sus
considerandos el procedimiento de concertación de la
gerencia con el Comité que por este decreto se confor-
ma.
Artículo 12°.- El presente decreto rige a partir de la
fecha de su publicación y deroga todas las disposicio-
nes que le sean contrarias, en especial las referentes
al diseño y construcción de la infraestructura de alum-
brado público.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogoá, D.C. a los 30 días del mes
de Diciembre de 2003
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Alcalde Mayor
LUZ STELLA CARDOSO LUNA
Gerente
Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos
Decreto Número 501
(Diciembre 30 de 2003)
«Por el cual se determinan los porcentajes de
incremento de avalúos catastrales de
conservación para el año 2004 en el
Distrito Capital de Bogotá».
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,
En uso de sus facultades legales, especialmente
la que le confiere el artículo 30 de la
Ley 601 de 2000 y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 3o. de la Ley 601 los
avalúos catastrales de conservación se reajustan anual-
mente en el porcentaje determinado por el Gobierno
Distrital previo concepto del Consejo de Política Eco-
nómica y Fiscal CONFIS.
Que en reunión No. 19 del 17 de diciembre de 2003 el
CONFIS Distrital conceptuó sobre el índice de valora-
ción inmobiliaria urbana y rural a aplicar a los avalúos
catastrales de conservación para el año 2004, para lo
cual en la parte de recomendaciones establece que con
el fin de dar mayor equidad a los tributos que recaen
sobre la propiedad inmobiliaria los avalúos catastrales
de los predios urbanos contarán con un índice de valo-
ración diferencial, teniendo en cuenta el uso de los pre-
dios: residencial (por estrato), lotes, comercial, indus-
trial, no edificado y otros y se reajustan los avalúos
catastrales de conservación de los predios rurales en
el 0.29%.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Los avalúos catastrales de los
predios urbanos y rurales formados o actualizados du-
rante el año 2003, regirán a partir del 1o. de enero de
2004.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Adoptar los siguientes porcen-
tajes de reajuste a los avalúos catastrales de conser-
vación de los predios urbanos del Distrito Capital.
Índice de valoración inmobiliaria urbana y rural
para la vigencia fiscal 2004
Grupo IVIUR vigencia fiscal 2004
Residencial 1 -5.7%
Residencial 2 -2.3%
Residencial 3 -4.7%
Residencial 4 5.5%
Residencial 5 10.4%
Residencial 6 8.3%
Comercial 1.7%
Industrial -6.4%
No Edificado 3.3%
Otros 11.6%
Fuente: SHD - Grupo de Fortalecimiento de la
Gestión de Ingresos.
ARTÍCULO TERCERO.- El porcentaje de reajuste a los
avalúos catastrales de conservación de los predios ru-
rales para la vigencia 2004 es del 0.29%.
ARTÍCULO CUARTO.- El presente Decreto rige a partir
de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Alcalde Mayor

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