DECRETO 296 RD 5392 - 11 de Julio de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 538447702

DECRETO 296 RD 5392

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5392 11 JULIO 2014
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5392 • pP. 1-2 • 2014 • JULIO 11
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para los servidores públicos del Distrito encargados
de la administración de la información y soporte de las
páginas web de sus entidades para que garanticen la
permanencia de las condiciones de accesibilidad de
éstas.
ARTÍCULO 8.- La Ocina Distrital de Tecnologías de
Información y Comunicaciones -TIC- de la Secretaría
General, elaborará un diagnóstico sobre el estado
actual de la accesibilidad de las páginas web de las
distintas Entidades del Distrito Capital conforme a lo
estipulado en la ley y a las normas técnicas NTC5854
y W3C sobre accesibilidad.
ARTÍCULO 9.- La Ocina Distrital de Tecnologías de
Información y Comunicaciones -TIC- de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, establecerá
los lineamientos técnicos para la adecuación de las
páginas web; dará las recomendaciones técnicas y
tecnológicas a las entidades distritales para su im-
plementación; y efectuará el seguimiento y control
periódicos del cumplimiento del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 10.- El presente Acuerdo rige a partir de
la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MIGUEL URIBE TURBAY
Presidente
LUIS ALFREDO CERCHIARO DAZA
Secretario General de Organismo de Control
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Junio 24 de 2014.
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 296
(Julio 11 de 2014 )
“Por medio del cual se modica la integración de
la Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contra-
tación”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los nu-
merales 3° y 6° del artículo 38 y el artículo 39
del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 38 del
Acuerdo Distrital 257
de 2006, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del Acuerdo Distrital 257 de 2006
prevé que, en cumplimiento del principio de coordina-
ción, “la Administración Distrital actuará a través de su
organización administrativa de manera armónica para
la realización de sus nes y para hacer eciente e inte-
gral la gestión pública distrital, mediante la articulación
de programas, proyectos y acciones administrativas,
a nivel interinstitucional, sectorial, intersectorial y
transectorial”
Que en desarrollo de este principio el artículo 38 del
Acuerdo Distrital 257 de 2006 denió las Comisiones
Intersectoriales como instancias de coordinación de
la gestión distrital, creadas por el Alcalde Mayor o
Alcaldesa Mayor cuya atribución principal es orientar
la ejecución de funciones y la prestación de servicios
que comprometan organismos o entidades que per-
tenezcan a diferentes Sectores Administrativos de
Coordinación.
Que en virtud de las normas anteriormente enunciadas,
mediante el Decreto Distrital 291 de 2008, se creó la
Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación,
como una instancia que hace parte del Sistema de
Coordinación de la Administración Distrital, encargada
de apoyar la gestión distrital en materia contractual.
Que el artículo 10 del Acuerdo Distrital 489 de 2012
“Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico,
Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá
D.C. 2012-2016”, ordenó la creación de la Secretaría
Distrital de la Mujer, dentro de los proyectos del Pro-
grama Bogotá Humana con igualdad de oportunidades
y equidad de género para las mujeres.
Que en consecuencia, el artículo 4° del Acuerdo
Distrital 490 de 2012 “Por el cual se crean el Sector
Administrativo Mujeres y la Secretaría Distrital de la
Mujer y se expiden otras disposiciones”, creó dicha
Secretaría.
Que el Decreto Distrital 428 de 2013, “Por medio del
cual se adopta la estructura interna de la Secretaría
Distrital de la Mujer, y se dictan otras disposiciones”
estableció que la Secretaría Distrital de la Mujer es
la Entidad cabeza del Sector Administrativo Mujeres,
pertenece al Sector Central de la Administración Dis-
trital con autonomía administrativa y nanciera y tiene
por objeto liderar, dirigir, coordinar, articular y ejecutar
las etapas de diseño, formulación, implementación,
DECRETOS DE 2014

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