DECRETO 355 RD 5421 - 29 de Agosto de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 538889718

DECRETO 355 RD 5421

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5421 29 AGOSTO 2014
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5421 • pP. 1-2 • 2014 • AGOSTO 29
2
para la ejecución del proyecto “Desarrollo de compe-
tencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia
a los sectores de medicamentos, cosméticos y anes”,
incluida su interventoría, y en general, la ejecución de
todas las actividades tendientes a la legalización de
éstos, así como la vericación del cumplimiento de los
requisitos para su iniciación, con estricta sujeción al
régimen jurídico vigente y aplicable.
ARTÍCULO 4°.- La Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico suministrará y registrará la información
referente a la ejecución del proyecto siguiendo los
lineamientos impartidos por el Departamento Nacional
de Planeación en cuanto al Sistema de Monitoreo,
los términos y plazos de cargue de información en el
aplicativo GESPROY y a los demás procedimientos
de suministro de información que dena la Comisión
Rectora de Sistema General de Regalías.
PARÁGRAFO.- La Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico suministrará la información y/o apoyará
la elaboración de los informes que solicite cualquier
entidad o ente de control referida al ejercicio de la
delegación conferida en el presente Decreto.
ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a los veintisiete (27) días
del mes de agosto de dos mil catorce (2014).
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor
Decreto Número 355
(Agosto 27 de 2014)
“Por el cual se modica el Plan Parcial “Ciudade-
la El Porvenir” ubicado en la Localidad de Bosa,
y se dictan otras disposiciones”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial de las que le coneren el
numeral 5 del artículo 27 de la Ley 388 de 1997 y
el numeral 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421
de 1993, y
CONSIDERANDO:
tiembre 2002, se adoptó el Plan Parcial Ciudadela El
Porvenir, ubicado en la Localidad de Bosa.
Que mediante el Decreto Distrital 366 del 12 de sep-
tiembre de 2006, se modicó el Plan Parcial Ciudadela
El Porvenir en cuanto a autorizar el uso dotacional
educativo de Escala Metropolitana, en las manzanas
con frente a la Avenida Santa Fe del Plan Parcial
“Ciudadela El Porvenir” y el cambio en la tipología
de vivienda unifamiliar a vivienda multifamiliar en las
manzanas 2, 4, 11, 12, 18, 19, 26, 27, 33, 50, 56, 57,
65, y 66.
Que mediante el Decreto Distrital 604 del 28 de diciem-
bre de 2007, se modicó el Plan Parcial “Ciudadela
El Porvenir” en lo relacionado con las áreas corres-
pondientes a la Manzana No. 22 y al parque No. 5,
señalándose que las zonas útiles con uso comercial
de la Manzana No 22, denominadas A y B, deberán
desarrollarse a través de un plan de implantación con
el n de evitar los impactos urbanísticos negativos en
las posibles zonas de inuencia. De igual manera, se
cambió la tipología de vivienda unifamiliar a vivienda
multifamiliar en las manzanas 23, 24, 28, 30, 34, 35,
36, 51, 82, 83, 84 y 85.
Que el artículo 9 del Decreto Nacional 4300 de 2007,
establece que “Las modicaciones de un plan parcial
estarán sometidas al mismo procedimiento previsto en
el Título II del Decreto 2181 de 2006 para su formula-
ción y adopción.”
Que el parágrafo del artículo 8 del Decreto Nacional
1478 de 2013, (Modicación del artículo 16 del Decreto
número 2181 de 2006) establece que “El ajuste de
planes parciales, en caso de requerirse, se efectuará
teniendo en cuenta únicamente las instancias o auto-
ridades a cuyo cargo se encuentren los asuntos objeto
del ajuste necesario para el desarrollo del respectivo
plan. La solicitud de determinantes únicamente se
podrá circunscribir a los aspectos sobre los cuales se
solicite de manera expresa y escrita la modicación,
y se sustentarán en la misma reglamentación con que
fue aprobado el plan parcial, salvo que los interesados
maniesten lo contrario”.
Que según lo establecido en el artículo 1° del Decreto
Nacional 1478 de 2013, que modicó el artículo 5° del
Decreto número 2181 de 2006, la solicitud de deter-
minantes para la formulación de planes parciales es
optativa por parte de los interesados. En esa medida
en el presente caso, los interesados optaron por pre-
sentar directamente la formulación de la modicación
del Plan Parcial “Ciudadela El Porvenir” de la Localidad
de Bosa, sin solicitar determinantes.
Que dentro del trámite de modicación de plan parcial
de que trata el presente Decreto, se surtieron las si-
guientes actuaciones:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR