Decreto número 642 de 2020, por el cual se reglamenta el artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 ·Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022-, en lo relacionado con las gestiones que deben adelantar las entidades que hagan parte del Presupuesto General de la Nación para el reconocimiento como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora - Normativa - VLEX 861309033

Decreto número 642 de 2020, por el cual se reglamenta el artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 ·Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022-, en lo relacionado con las gestiones que deben adelantar las entidades que hagan parte del Presupuesto General de la Nación para el reconocimiento como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2020
REPlIBLlCA
DE
COLOMBIA
liherlod
V
Orden
MINISTERIO
DE
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRE-TO 642
·2020
Por
el
cual se reglamenta el artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 ·Plan Nacional de
Desarrollo 2018-2022-, en lo relacionado con las gestiones que deben adelantar las
entidades que hagan parte del Presupuesto General de la Nación para el reconocimiento
como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora
EL PRESIDENTE DE
LA
REPÚBLICA DE
COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
numeral
11
del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 53 de la Ley 1955 de
2019
y,
CONSIDERANDO
Que mediante Acto Legislativo 03 de 2011 se elevó a rango constitucional el principio de
la
sostenibilidad fiscal como criterio orientador de las decisiones de las ramas y órganos del
10
poder público.
En
particular,
el
artículo del citado Acto Legislativo se refiere a la
posibilidad de modular, modificar o diferir los efectos que puede causar una sentencia
proferida en contra de una entidad estatal sobre las finanzas públicas.
Que
has
entidades estatales se encuentran obligadas a pagar las sentencias y
conciliaciones proferidas en su contra, incluyendo los intereses que las mismas generen
por el retraso en su pago, de acuerdo con las demás normas aplicables para cada caso.
Que
la
Ley 1955 de 2019 prevé un mecanismo para el manejo
de
gastos de las entidades

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