Decreto número 3008 de 1997, por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 1668 de 1997. - 19 de Diciembre de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59758324

Decreto número 3008 de 1997, por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 1668 de 1997.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43208

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Legislativo 0059 de 1957 dispuso la afiliación forzosa de los Notarios, Registradores y sus subalternos de carácter permanente, a la Caja Nacional de Previsión Social;

Que la Ley 86 de 1988 creó el Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro, Fonprenor, al cual debieron afiliarse, además de los Notarios, Registradores y subalternos, los empleados de la Superintendencia de Notariado y Registro, de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y del Fondo Nacional de Notariado;

Que el Decreto-ley 1668 de 1997 expedido en desarrollo de la facultad otorgada por el artículo 30 de la Ley 344 de 1996, ordenó la supresión y liquidación del Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro;

Que en virtud de la supresión y liquidación del Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro, quienes fueron sus afiliados, podrán regresar a la Caja Nacional de Previsión Social, entidad de la cual eran afiliados forzosos,

DECRETA:

Artículo 1º Los afiliados al Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro -Fonprenor- en liquidación, que opten por el régimen de prima media con prestación definida, podrán elegir a la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, para efecto del reconocimiento de la pensión, una vez reúnan los requisitos previstos en la ley.
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