MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Resolución número 7665 de 2010, por la cual se delega la función de notificación prevista en el artículo 6° del Decreto 2950 de 2005. - 3 de Septiembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 219358183

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Resolución número 7665 de 2010, por la cual se delega la función de notificación prevista en el artículo 6° del Decreto 2950 de 2005.

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín47821

050 DE 2010 El Director General del Presupuesto Publico Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el articulo 1° de la Resolucion numero 04 del 2 de junio de 2004, expedida por el Consejo Superior de Politica Fiscal (Confis), CONSIDERANDO:

Que el Estatuto Organico del Presupuesto, en su articulo 26 numeral 4, establece como funcion del Consejo Superior de Politica Fiscal (Confis) aprobar y modificar, mediante resolucion, los presupuestos de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economia Mixta con regimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras, previa consulta con el Ministerio respectivo.

Que el Consejo Superior de Politica Fiscal (Confis) mediante Resolucion numero 005 del 23 de diciembre de 2009, aprobo el presupuesto de ingresos y gastos de la Empresa Urra S. A. E. S. P., para la vigencia fiscal 2010.

Que el Ministerio de Minas y Energia, mediante oficio de Rad. No. 20100041857 del 18 de agosto de 2010, emitio concepto favorable a la modificacion del presupuesto de ingresos y gastos de la Empresa Urra S. A. E.S. P.

Que la funcionaria que ejerce las funciones de Jefe del presupuesto de la Empresa Urra S. A. E.S.P., expidio el Certificado de los ingresos del 9 de agosto de 2010, mediante el cual se garantiza la disponibilidad de los recursos que amparan la presente modificacion presupuestal, RESUELVE:

Articulo 1° Modifiquese el presupuesto de ingresos y gastos de la Empresa Urra S. A

E. S. P., asi: ADICION INGRESOS INGRESOS CORRIENTES $2.114.000.000,00 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL $2.114.000.000.00 GASTOS FUNCIONAMIENTO $2.094.000.000.00 DISPONIBILIDAD FINAL $ 20.000.000.00 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL $2.114.000.000.00 Articulo 2°. La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion.

del Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota D. C., a 31 de agosto de 2010.

El Director General del Presupuesto Publico Nacional, Fernando Jimenez Rodriguez.

(C.F.) RESOLUCION NUMERO 051 DE 2010 (agosto 31) por la cual se corrigen unos recursos y sus correspondientes codigos en el anexo del decreto de liquidacion del Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 2010.

El Director General del Presupuesto Publico Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el articulo 18 del Decreto 568 de 1996, y CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la Republica de Colombia en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, expidio el Decreto 4996 del 24 de diciembre de 2009, por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 2010, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos;

Que de conformidad con el articulo 18 del Decreto 568 de 1996, los recursos y sus correspondientes codigos de identificacion que aparecen con los clasificadores en el decreto liquidacion y sus anexos son de caracter estrictamente informativos, por lo tanto la Direccion General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico podra corregirlos, siempre que no se afecte el presupuesto de ingresos;

Que se requiere precisar el codigo de una fuente de financiacion en el Presupuesto de Gastos de Inversion de la Rama Judicial que no afecta el presupuesto de ingresos y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeacion y la Direccion General de Credito Publico y del Tesoro Nacional conceptuaron favorablemente sobre esta operacion en sus comunicaciones DIFP-20102650003626 del 13 de agosto de 2010 y 6.3.0.2.3- 2010-019566 del 27 de agosto de 2010, respectivamente;

Que para la correcta ejecucion se hace indispensable efectuar las correcciones de recursos necesarias, en concordancia con las normas citadas, RESUELVE:

Articulo 1° Cambio de Recurso

Efectuar las siguientes correcciones a los recursos y correspondientes codigos de identificacion que aparecen con caracter informativo en el anexo del decreto de liquidacion del Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 2010.

SECCION 270 1 RAMA JUDICIAL UNIDAD: Artículos 13 a 21

270102 CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA PROGRAMA 530 ATENCION, CONTROL Y ORGANIZACION INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA GESTION DEL ESTADO SUBPROGRAMA 1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO PROYECTO 3 APOYO AL FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE JUSTICIA A NIVEL NACIONAL Dice: RECURSO 18 PRESTAMOS DE DESTINACION ESPECIFICA AU$10.000.000.000 TORIZADOS Debe decir: RECURSO 14 PRESTAMOS DESTINACION ESPECIFICA $10.000.000.000 Articulo 2°. Vigencia y derogatoria. La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

DadA en Bogota D. C., a 31 de agosto de 2010.

El Director General del Presupuesto Publico Nacional, Fernando Jimenez Rodriguez.

(C.F.) Ministerio de defensa nacional RESOLUCION NUMERO 5600 DE 2009 (diciembre 24) por la cual se hace efectiva la clausula de multas por incumplimiento de las obligaciones contempladas en el Contrato numero 328 de 2009 MDN-UGG-DA.

La Directora Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y la Resolucion numero 1995 del 19 de mayo de 2009, y CONSIDERANDO:

...

RESUELVE:

Articulo 1°

Declarar el incumplimiento parcial de la sociedad Tesh Mark Ltda., en desarrollo del contrato numero 328 de 2009 MDN- UGG-DA, cuyo objeto es el servicio integral de fotocopiado, arrendamiento de maquinas fotocopiadoras y otros servicios afines para atender las necesidades de las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional, por el sistema de precios unitarios fijos, de conformidad con lo consignado en la parte motiva presente acto administrativo, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones por parte del Contratista. Articulo 2°. Dar aplicacion a la clausula decima novena - Sanciones del contrato numero 328 de 2009 MDN-UGG.DA, particularmente por el retardo en la entrega de los equipos ofertados y requeridos por el Ministerio de Defensa Nacional para prestar el servicio integral de fotocopiado, en los terminos y condiciones alli previstos, los cuales fueron aceptados por el contratista en calidad de multa, la suma de un millon ciento noventa y cinco mil pesos Viernes, 3 de septiembre de 2010 ($1.195.000.00) M/cte., por dia hasta que se de cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista el cual no puede ser superior a quince dias (15) calendario, de acuerdo con lo señalado en la parte motiva de esta resolucion. Articulo 3°. Hacer efectiva la poliza de seguro de cumplimiento a favor de entidades estatales numero 21-44-101052343 del 1° de diciembre de 2009 y anexo 1 del 7 de diciembre de 2009, expedida por Seguros del Estado S. A., y declarar ocurrido el siniestro de cumplimiento bajo las condiciones pactadas en el contrato y en la poliza que lo garantiza, conforme lo dispone el numeral 1.4 de las condiciones generales de la poliza mencionada. "...este amparo comprende la garantia para el pago del valor de las multas, asi como de la clausula penal pecuniaria, siempre que se hubieren pactado previamente en el contrato garantizado..." Articulo 4°. El pago de la citada multa, se hara conforme a lo estipulado en el paragrafo 2° de la clausula decima novena del contrato numero 328 de 2009 MDN-UGG-DA. Articulo 5°. Una vez se encuentre en firme el presente acto administrativo solicitar el pago inmediato al garante de la indemnizacion correspondiente y en caso de renuencia de la compañia de seguros, realizar los tramites judiciales ante la jurisdiccion contencioso administrativa para el cobro de la garantia de conformidad con lo dispuesto en el fallo de la Seccion Tercera del Consejo de Estado en Sentencia numero 11318 del 24 de agosto de 2000, la cual determino que la jurisdiccion contencioso administrativa tendria competencia exclusiva y excluyente para conocer de los procesos relacionados con el cobro de estas garantias. Articulo 6°. Notifiquese personalmente el presente acto administrativo al representante legal de Tesh Mark Ltda., asi como a Seguros del...

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