Resolución número 0658 de 2012, por la cual delegan unas funciones en el Director(a) del Sistema Habitacional del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - 8 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 401417386

Resolución número 0658 de 2012, por la cual delegan unas funciones en el Director(a) del Sistema Habitacional del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín48577

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el numeral 5 del artículo 6º del Decreto-ley 3571 de 2011 y en el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 554 de 2003, se suprime el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe), y se ordena su liquidación, estableciéndose como plazo para la liquidación dos (2) años contados a partir de la fecha de expedición del mencionado Decreto, siendo prorrogado en dos oportunidades mediante Decretos números 600 de 2005 y 597 de 2007, dando como plazo definitivo para la terminación de la liquidación el 31 de diciembre de 2007.

Que el artículo 10 del Decreto número 554, estableció como reglas para la disposición de bienes a causa de la liquidación del Inurbe, que "Los bienes y derechos cuyo titular sea el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación y de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial (ICT), harán parte de la liquidación, salvo los que por compromisos derivados del Instituto de Crédito Territorial deban ser transferidos a personas que hayan acreditado estar al día en sus obligaciones con esa entidad, los que podrán ser trasferidos a favor de estas personas mediante resolución. En igual forma se procederá con la transferencia de los bienes a los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie y complementarios asignados en desarrollo de la Ley 708 de 2001 hasta la fecha de entrada en vigencia del presente decreto. Esta operación se hará mediante resolución en los términos de la citada ley y el Decreto número 933 de 2002 ".

Que de conformidad con el artículo 11 del Decreto número 554 de 2003, concluido el plazo de la liquidación los bienes, derechos y obligaciones pasarán a la Nación-Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

Que la Ley 1001 de 2005, adopta medidas respecto a la cartera del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe) en Liquidación, estableciendo facultades especiales al liquidador en materia de reliquidación de créditos insolutos de los adjudicatarios del extinto ICT; cesión gratuita de bienes fiscales ocupados ilegalmente para vivienda de interés social; enajenación de viviendas de interés social ocupadas ilegalmente de propiedad de los extintos ICT, UAE Liquidadora de los asuntos del ICT...

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