Delimitación y alcance del derecho del consumo en Colombia - Conceptos básicos del Estatuto del Consumidor - Estudios de derecho del consumo (Ley 1480 de 2011) Tomo I - Libros y Revistas - VLEX 790934709

Delimitación y alcance del derecho del consumo en Colombia

AutorJuan Carlos Villalba Cuéllar
Cargo del AutorAbogado, docente e investigador, miembro de la línea en Derecho Económico y de los Negocios, Universidad Militar Nueva Granada
Páginas89-116
2.DELIMITACIÓNYALCANCEDEL
DERECHODELCONSUMOENCOLOMBIA
JuanCarlosVillalbaCuéllar1
Introducción
El derecho del consumo es una subcategoría jurídica de carácter transversal y
pluridisciplinario, que aunque es joven, en muy poco tiempo ha logrado
revolucionarelderechoprivado.Apesardequeexistenotrosantecedentesaislados,
su génesis está ubicada en el contexto de los Estados Unidos, especificamente a
comienzosdeladécadadelossesentaenelsiglopasado,épocaenlaquesurgieron
los denominados movimientos consumeristas, a lo cual se aunó que importantes
políticos, como el presidente John F. Kennedy, enarbolaran la defensa de los
ciudadanos-consumidores,encuanto al evidenteabusocometido en lasrelaciones
demercadoporpartedelosproductoresylosproveedoresdebienesyservicios.
Todo ello marcó el comienzo de un desarrollo legal paulatino, que luego se
trasladóaotrosordenamientosjurídicos,primeroenlospaísesdeEuropaoccidental
yluegoenprácticamentetodoelmundo.Elimpactodelderechodelconsumoenel
derechoprivadoesunarealidadenmuchosordenamientosjurídicos;yennuestro
país hasta ahora se comienzan a mesurar los alcances de esta disciplina jurídica,
gracias,sobretodo,alaaparicióndelaLey1480de2011,conocidatambiéncomo
elEstatutodelConsumidor.
La aparición de esta norma marcó una transición importante en el derecho
nacional,dadoque el viejo estatuto,Decreto3466 de 1982, fueconcebidodesde
una óptica de control estatal sobre el comercio, más que bajo la premisa de la
protecciónalcontratantedébilenlasrelacionesdeconsumo.Porello,hastaahorael
derecho privado colombiano recibe la embestida del derecho de la protección al
consumidor y de la avalancha normativa, ya visible, que suele acompañar el
desarrollodeesesubsistemalegal,todavezquefigurascómolascláusulasabusivasy
la responsabilidad por producto defectuoso consolidaron su aparición desde el
puntodevistalegalconesanorma,dadoslostímidosavancesjurisprudencialesenla
materiayelincipientedesarrollolegalquetenían.
Mientrastanto,otrasfigurasqueteníanunantecedentelegal,talescomoeldeber
deinformación,elderechoderetracto, elcontroldelapublicidadengañosa—por
mencionaralgunas—encontraronen la Ley 1480 de 2011 un impulso normativo
importante. Todas estas figuras tendrán, sin duda alguna, un desarrollo legal
continuoenlospróximosaños, tal y comolodejanverlos tres primeros añosde
vigenciade la norma.Entonces, resulta claroque el derechodel consumo esuna
materiaenlaquesepuedeevidenciarelfuturodelosmásimportantesdesarrollosen
el derecho privado, ya sea por su influencia directa en su contexto natural: las
relacionesdeconsumo;oraporlatendenciaquetieneelderechoprivadoengeneral
a impregnarse de las soluciones consumeristas, ante esa preocupación crucial del
legisladormodernodeprotegeralapartedébilenlasrelacionesjurídicas.
Noobstante,debedejarseclaroqueelderechodelconsumotieneelcarácterde
derechoespecialen comparación con el derechocomún,elcualidentificamoscon
las normas del derecho civil. Y ese carácter de derecho especial implica que sus
normas se aplican solamente a cierto tipo de relaciones jurídicas, en un vínculo
obligacionaldecarácterespecialdenominadorelacióndeconsumo.Nosedebeperder
de vista que su finalidad principal, la protección del consumidor, es una de las
expresionesdeldenominadoordenpúblicodeprotección,debidoasudebilidadenlas
relaciones jurídico-económicas donde participa. La relación de consumo implica
entoncesuna relación jurídicadecaráctercontractualoextracontractualenla cual
enunextremoseubicaunconsumidoryenelotroextremoseubicaunproductoro
proveedor,segúnlosquesepuedecolegirdenuestroactualestatuto.

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