Delitos ambientales en Colombia. Análisis desde la perspectiva de las políticas nacionales de protección de los recursos naturales - Lecturas sobre derecho del medio ambiente. Tomo XX - Libros y Revistas - VLEX 951119859

Delitos ambientales en Colombia. Análisis desde la perspectiva de las políticas nacionales de protección de los recursos naturales

AutorLorena Cabrera Izquierdo, Roberto Lastra Mier y Alba R. Vergara
Cargo del AutorDoctora en Derecho Penal y Procesal Penal y diplomada de Estudios Avanzados en Suficiencia Investigadora por la Universidad de Sevilla (España) / Abogado por la Corporación Universitaria de la Costa (CUC) / . Bióloga Marina de la Universidad Jorge Tadeo Lozano
Páginas387-418
lorena cabrera izquierdo
roberto lastra mier
alba r. ergara
Delitos ambientales en Colombia.
Análisis desde la perspectiva de las políticas
nacionales de protección de los recursos naturales*
389
sumario
Introducción. i. La legislación penal ambiental colombiana en el contexto de
los acuerdos multilaterales. A. Grandes pactos multilaterales en materia de
protección de los recursos naturales. B. Breve cronología histórico-legislativa
del sector ambiental en Colombia. C. El constitucionalismo verde latino-
americano y su incidencia en las políticas de Estado para la protección del
medio ambiente. ii. Aspectos jurídico-penales. A. Ilícito aprovechamiento
de los recursos naturales renovables. B. Daño en los recursos naturales. C.
Contaminación ambiental. D. Explotación ilícita de yacimiento minero y
otros materiales. iii. Comportamiento de los tipos penales ambientales entre
los años 000 y 08 conforme al procedimiento penal aplicado. Conclusión.
Bibliografía.
resumen
La expedición de un cuerpo normativo de carácter integral, y cuyo objetivo
primordial era la protección de los recursos naturales en Colombia se inició
con la expedición del Decreto ley 8 de 974. Antes de ese decreto los com-
pendios normativos en materia ambiental se inscribían dentro de un amplio
contexto de normas de carácter sectorial, dispersas y normalmente centradas
en objetivos específicos, en los que la concepción de la integralidad como
elemento fundamental aún no era tenida en consideración por la legislación.
Las reuniones de Estocolmo 97 y Río de Janeiro en 99 marcaron la línea a
seguir por los países firmantes en cuanto a la construcción de políticas públi-
cas en materia de protección de los recursos naturales, que posteriormente se
tradujeron en la espina dorsal de muchas cartas constituciones a nivel regional
e incluso global, y con gran incidencia en las latinoamericanas. De la misma
manera, estos antecedentes propiciaron la construcción y el desarrollo de un
capítulo específico dentro de nuestro estatuto penal titulado “De los delitos
contra los recursos naturales y el medio ambiente”, diseñado con el objeti-
vo de salvaguardar y proteger los bienes jurídicos que conforman nuestro
medio ambiente, así como los mecanismos para exigir responsabilidades a
* Deseamos manifestar nuestros agradecimientos a la Dirección de Políticas y Estrategias de la
Fiscalía General de la Nación por la información suministrada, la cual constituyó la base funda-
mental de este trabajo.

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