Derecho canónico - 7 de Junio de 2021 - El Tiempo - Noticias - VLEX 868774449

Derecho canónico

A principios de la semana pasada se dio la noticia de que el papa Francisco I había tomado la decisión de reformar el Libro VI del Código de Derecho Canónico, sobre las sanciones penales en la Iglesia, y había insistido en que la pederastia fuera tomada, en adelante, como un delito contra la dignidad de las personas: no fue una sorpresa, pero sin duda es una nueva señal de que -guiado por una ejemplar vocación a comprender la religión como refugio y respuesta a las injusticias- el Papa está empeñado en reconocer ante el mundo ciertos temas que en las últimas décadas pueden haber alejado a algunos fieles de la Iglesia católica. Que la pederastia sea a partir de ahora un "delito contra la dignidad humana" significa, en términos prácticos, que quien lo cometa podrá verse envuelto un caso penal y ser expulsado del clero -el artículo 1398 del Código Canónico anuncia que no se tolerarán imágenes pornográficas ni delitos contra el sexto mandamiento que involucren a menores e indefensos-, pero en términos del empeño de la Iglesia de responderle y hablarles a los tiempos que corren significa...

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