El derecho humano al agua. Evolución y reconocimiento en el derecho colombiano
Autor | María del Pilar García Pachón |
Páginas | 123-196 |
captulo 2
El derecho humano al agua. Evolución
y reconocimiento en el derecho colombiano
125
introduccin
El uso del agua en forma insostenible ha generado impactos graves des-
de el punto de vista medioambiental y repercusiones sobre la vida de las
personas, es por ello que la protección del agua como recurso vital para el
sostenimiento de la vida en el planeta es, sin duda, una de las principales
preocupaciones de la comunidad internacional. Mediante la Resolución
66/288, “El futuro que queremos”, la Asamblea General de la Organiza-
ción de Naciones Unidas –onu– reconoció al agua y al saneamiento como
elementos básicos del desarrollo sostenible, y reafirmó los compromisos de
las decisiones de Johannesburgo y de la Declaración del Milenio dirigidos a
reducir la proporción de personas sin acceso al agua potable y a los servicios
básicos de saneamiento239.
Los datos revelados por la onu en la reunión realizada en Rio de Janeiro
en 212 muestran que desde 199 más de 1.7 millones de personas habían
logrado acceder al abastecimiento de agua potable; sin embargo, para 212,
cerca de 89 millones de personas aún no tenían acceso a este recurso, a la
vez que 2.6 millones carecían de servicios de saneamiento básicos, tales
como retretes o letrinas2. La insuficiencia en el suministro de agua, así
como una deficiente prestación de los servicios de saneamiento, constituye la
principal causa de contaminación de los recursos hídricos y de proliferación
de enfermedades relacionadas con el agua21. Estas cifras exigen un trabajo
coordinado entre los distintos gobiernos y la comunidad internacional en
general, dirigido a hacer efectivos los compromisos adquiridos.
Las cifras sobre personas que no tienen protegido este derecho en Co-
lombia son alarmantes, ya que el 21.7% de la población consume agua escasa
en tratamiento o protección, y agua cruda usada directamente de las fuentes
(ins, 21, p. 5). En lo relativo al saneamiento, de acuerdo con datos de la
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, más del % de los
municipios del país cuentan con sistemas de tratamiento de aguas residuales;
no obstante, el saneamiento de las fuentes hídricas genera bajos resultados,
por falencias en la operación, el mantenimiento y el monitoreo de dichos
sistemas (sspd, 212, p. 52).
239 Cfr. onu, 2.
2 Ibíd., 21.
21 Ibíd., 22.
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