Derecho de petición de la Asociación Colombiana de Radiología al Proyecto de ley número 347 de 2020 Senado, 167 de 2019 Cámara - 18 de Mayo de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879266712

Derecho de petición de la Asociación Colombiana de Radiología al Proyecto de ley número 347 de 2020 Senado, 167 de 2019 Cámara

Fecha de publicación18 Mayo 2021
Número de Gaceta447
Página 10 Martes, 18 de mayo de 2021 G 447
recreación, actividad física y aprovechamiento del
tiempo libre.
Finalmente, esperamos que nuestro trabajo académico contribuya a fortalecer este
Proyecto Ley que es crucial para todo el pueblo colombiano.
Cordialmente,
NESTOR ORDOÑEZ SAAVEDRA
Asociación Red Colombiana de Facultades de
Deporte, Educación Física y Recreación -
ARCOFADER
JESUS ASTOLFO ROMERO GARCÍA
Colegio Colombiano de Educadores Físicos y
Profesiones Afines -COLEF
NELLY ADRIANA PENAGOS ORJUELA
Red Distrital de Educación Física
ESNEL GONZALEZ HERNANDEZ
Secretario de la Mesa de Organizaciones
Académicas y Gremiales del Sector
FRED ASPRILLA CORONADO
Ascundeportes y Actividad Física Colombia -
ASCUNDAF
VICTOR JAIRO CHINCHILLA GUTIERREZ
Mesa Nacional de Educación Física
ANDRES CAVADÍA TAPIA
Pacto Región Caribe DRAEF
DIANA MARLEN FELICIANO FUERTES
Facultad de Educación Física Universidad
Pedagógica Nacional
LA COMISION SÉPTIMA CONSTITUCIONAL PERMANENTE DEL
HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA. - Bogotá D.C., a los dieciocho
(18) días del mes de mayo del año dos mil veintiuno (2021) - En la presente fecha
se autoriza la publicación en Gaceta del Congreso de la República, las
siguientes: consideraciones.
COMENTARIOS: ASOCIACIÓN RED COLOMBIANA DE FACULTADES DE
DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN -ARCOFADER y OTROS
REFRENDADO POR: DOCTOR NESTOR ORDOÑEZ- PRESIDENTE-
ARCOFADER Y OTROS.
NÚMERO DEL PROYECTO DE LEY: N° 400/2021 SENADO.
TÍTULO DEL PROYECTO: “POR LA CUAL SE REFORMA LA LEGISLACIÓN EN
MATERIA DE DEPORTE, RECREACIÓN ACTIVIDAD FÍSICA Y
APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES”.
NÚMERO DE FOLIOS: NUEVE (09)
RECIBIDO EN LA SECRETARÍA DE LA COMISIÓN SÉPTIMA DEL SENADO EL
DÍA: LUNES DIECISIETE (17) DE MAYO DE 2021.
HORA: 17.32 P.M.
Lo anterior, en cumplimento de lo ordenado en el inciso 5º del artículo de la Ley 1431
de 2011.
El Secretario,
JESÚS MARÍA ESPAÑA VERGARA
SECRETARIO
Comisión Séptima del H. Senado de la República
DERECHOS DE PETICIÓN
DERECHO DE PETICIÓN ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE RADIOLOGÍA
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 347 DE 2020 SENADO, 167 DE 2019 CÁMARA
Bogotá D.C., 14 de abril de 2021
Honorable
José Ritter Lopez
Presidente
Comisión Séptima
E.S.C.E.
REF: DERECHO DE PETICIÓN
MICAELA ARRIETA USTA, mayor, identificada con la cédula de ciudadanía
número 50.952.512 de Ciénaga de Oro, domiciliada en Cartagena de Indias D.T. y
C., actuando en mi condición de PRESIDENTA de la ASOCIACIÓN COLOMBIANA
DE RADIOLOGÍA (ACR), presento ante usted de forma atenta y respetuosa
DERECHO DE PETICIÓN, con fundamento en los siguientes:
I. HECHOS
1. La ley 657 de 2001, le asigna las siguientes funciones a la ASOCIACIÓN
COLOMBIANA DE RADIOLOGIA (ACR):
“…ARTÍCULO 14. ORGANISMO CONSULTIVO. A partir de la vigencia de la
presente ley, y de conformidad con el inciso final del artículo 26 de la
Constitución, la Asociación Colombiana de Radiología, y las que en el futuro se
establezcan con iguales propósitos gremiales, se constituirá como un
organismo, asesor, consultivo y de control del ejercicio de la práctica de la
especialidad.
ARTÍCULO 15. FUNCIONES. La Asociación Colombiana de Radiología, tendrá
entre otras, las siguientes funciones:
a) Actuar como asesor consultivo del Gobierno Nacional en materias de su
especialidad médica;
b) Actuar como organismo asesor y consultivo del Consejo Nacional del Ejercicio
de la profesión médica y de instituciones universitarias, clínicas o de salud, que
requieran sus servicios y para efectos de la reglamentación o control del ejercicio
profesional;
c) Ejercer vigilancia, contribuir con las autoridades estatales, para que la
profesión no sea ejercida por personas no autorizadas ni calificadas legalmente;
d) Propiciar el incremento del nivel académico de sus asociados, promoviendo
en unión del Estado colombiano, de las instituciones educativas o de entidades
privadas o de organizaciones no gubernamentales, mediante foros, seminarios,
simposios, talleres, encuentros, diplomados y especializaciones;
e) Vigilar que los centros médicos de radiología e imágenes diagnósticas que
conforman el Sistema de Seguridad Social Integral, cumplan con los requisitos
que el Ministro de Salud establezca respecto de la radioprotección y permisos
de funcionamiento;
f) Delegar funciones de asesoría, consulta y control en zonas o regionales de la
Asociación Colombiana de Radiología;
g) Darse su propio reglamento y asumir las que le llegare a encargar el Estado
colombiano o el Consejo Nacional del Ejercicio de la Profesión Médica…”.
2. En el Congreso de la República se esta tramitando el Proyecto de Ley No. 259,
denominado “Por medio de la cual se establecen medidas para la prevención,
diagnóstico, tratamiento oportuno, rehabilitación y cuidados paliativos del cácner
de mana y se dictan otras disposiciones”.
3. La ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE RADIOLOGIA (ACR), quiere participar
directamente en el proyecto de ley mencionado anteriormente, con la finalidad
de realizar aportes que protejan el derecho fundamental de la salud de las
pacientes que presenten o puedan presentar cáncer de mama.
II. PETICIONES
PRIMERA: Que la ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE RADIOLOGIA (ACR), sea
convocada a una audiencia pública, sobre del Proyecto de Ley No. 259,
denominado “Por medio de la cual se establecen medidas para la prevención,
diagnóstico, tratamiento oportuno, rehabilitación y cuidados paliativos del cácner de
mana y se dictan otras disposiciones”; en su condición de organismo, asesor,
consultivo y de control del ejercicio de la práctica de la especialidad.
SEGUNDA: Que se fije fecha y hora para que la ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE
RADIOLOGIA (ACR), acuda a la audiencia pública, sobre del Proyecto de Ley No.
259, denominado “Por medio de la cual se establecen medidas para la prevención,
diagnóstico, tratamiento oportuno, rehabilitación y cuidados paliativos del cácner de

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