La desconexión digital en el ámbito laboral: mejoras pendientes - Derecho a la desconexión - Tratado internacional de derecho laboral y de la seguridad social - Libros y Revistas - VLEX 945697418

La desconexión digital en el ámbito laboral: mejoras pendientes

AutorFrancisco Javier Fernández Orrico
Páginas457-476
La desconexión digital en el ámbito laboral:
mejoras pendientes
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Sumario
1. Introducción. 2.Signif icado del derecho a la desconexión digital. 3.
Antecedentes en derecho comparado. 4. Contenido del derecho a la
desconexión digital en el á mbito laboral. 4.1. Relación con la jornada laboral.
4.2. Peculiaridades en mate ria de prevención de riesgos laborales. 5. Forma s
de ejercicio del derecho a la descone xión digital.5.1. La negociación colectiva,
aspecto clave para el ejercicio de l derecho. 6. La desconexión digital, un a
necesidad emergente, ante el incremento del teletrabajo propiciado por el
COVID-19. 7. Consideraciones nales.
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de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales
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dispositivos tecnológicos en el ámbito laboral, tales como dispositivos digitales
(ordenadores, tabletas, móviles, etc.) del art. 87; de videovigilancia y grabación de
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incluye un interesante artículo 91, sobre los derechos digitales en la negociación
colectiva. Pero, lo que constituye una auténtica novedad, como se recalca en
el preámbulo de la norma es la incorporación en el ordenamiento jurídico de
un nuevo derecho, relacionado precisamente con todos esos dispositivos a los
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congresos, jornadas, conferencias, capítulos de libro, de las cuales 12, son monografías sobre diversos
aspectos laborales y de Seguridad Social. Es Investigador Principal de varios proyectos competitivos
nacionales y autonómicos en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad.
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ámbito laboral (art. 88). Se trata, de un derecho a la vida privada del trabajador
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de apuntalar otros derechos laborales tales como el tiempo de trabajo o la forma
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negociación colectiva de cada sector de la actividad.
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supone un auténtico salto de calidad, porque supone la creación de un nuevo
derecho, el de la desconexión digital, creo que puede ser interesante, comentar,
en primer lugar en que consiste este derecho, conocer sus antecedentes, para
centrarme en la regulación vigente, la forma de aplicación, así como aquellos
aspectos con recorrido para su mejora, y desde luego apuntar, para terminar,
con algunas propuestas que ayuden a mejorar la aplicación de este nuevo
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A diferencia de la regulación que sobre el derecho a la intimidad o a la
protección de datos personales en el ámbito laboral (dispositivos digitales,
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se ejercita durante la jornada asignada al trabajador, sino en aquellos períodos
de tiempo extramuros del contrato de trabajo, y se basa fundamentalmente en
la posibilidad de establecer una frontera efectiva entre el tiempo de trabajo
y el tiempo de vida personal que se ha perdido con la evolución del mundo
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fuera del horario de trabajo (llamadas, mensajes extemporáneos, etc.), aunque
en algunos sectores de la actividad empresarial, todavía se vea como algo
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tareas, preparación de trabajos, reuniones on line, etc.), pueden suponer una
vulneración del derecho a su privacidad.
Se trata de un fenómeno novedoso, porque, si hasta hace relativamente pocos
años no se sentía la necesidad de una regulación legal que velara por el respeto a
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de semana o vacaciones, hace algún tiempo que se venía planteando si sería ne-
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laboral», Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF, núm. 436, p. 81.

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