Descuentos asociados a la calidad del servicio
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DOCUMENTO DE TRABAJO DEL MARCO TARIFARIO DE EL SERVICIO DE ASEO PARA GRANDES PRESTADORES DOCUMENTO DE TRABAJO DEL MARCO TARIFARIO DE EL SERVICIO DE ASEO PARA GRANDES PRESTADORES
Adicionalmente, se estableció que para el primer semestre de la aplicación de la Resolución
CRA 720 de 2015, CRT_j y CDF_j corresponderán a la primera facturación, para los demás
corresponderá al promedio del semestre anterior así: Para los períodos de facturación
entre enero y junio de cada año, con base en el promedio mensual de julio a diciembre del
año inmediatamente anterior. Para los períodos de facturación de julio a diciembre, con
base en el promedio mensual de enero a junio del año en cuesón.
El pesaje y clasicación de residuos aprovechables se realizará en la Estaciones de
Clasicación y Pesaje –ECA-, denidas en el Decreto 1077 de 2015 y la remuneración para
cada persona prestadora de recolección y transporte de residuos aprovechables – RTA y
ECA, corresponderá a la misma proporción que exista entre el CRT y CDF de los prestadores
de no aprovechables en cada municipio y/o distrito.
En lo referente a las acvidades de liquidación del VBA y la facturación del aprovechamiento,
como se mencionó en la respuesta anterior, serán realizados conforme a la reglamentación
que para ello expida el Gobierno Nacional, del parágrafo 2 del arculo 88 de la Ley 1753 de
2015. Los costos derivados de la realización de estos procesos se encuentran incluidos en
el Costo de Comercialización por Suscriptor.
Es importante aclarar que los costos de remuneración de la acvidad de aprovechamiento,
únicamente podrán ser trasladados a los suscriptores que habiten en municipios donde
el aprovechamiento haya sido denido como viable en el marco del PGIRS.
Por otro lado, teniendo en cuenta el Decreto 1077 de 2015 que dene el aprovechamiento
como una acvidad complementaria del servicio de aseo y en virtud de los criterios de
eciencia económica79, neutralidad80 y suciencia nanciera81, se denió en la
metodología tarifaria contenida en la Resolución CRA 720 de 2015, que el aprovechamiento
de residuos es una acvidad de interés colecvo, ya que la calidad y connuidad en su
prestación benecia directamente a todos los suscriptores o usuarios de la infraestructura
y equipamiento urbano, por tanto se denió que todos los usuarios deben contribuir al
cubrimiento de sus costos asociados en la misma medida.
7. DESCUENTOS ASOCIADOS A LA CALIDAD DEL SERVICIO
La regulación colombiana, desarrollada hasta el momento para el ser vicio público de
aseo, es reconocida a nivel lanoamericano como una de las más avanzadas, razón por la
cual en junio de 2014 el Banco Mundial seleccionó el marco tarifario del servicio público
de aseo como ejemplo de buenas práccas para la gesón de residuos municipales. Sin
embargo, a pesar de que la noción de integralidad está implícita dentro de la estructuración
de la tarifa, en el sendo que el costo del suministro del servicio supone un nivel de
79. 79Arculo 87.1 de la Ley 142 de 1994: “Por eciencia económica se enende que (…) [los costos] deben distribuirse entre la empresa y
los usuarios, tal como ocurriría en un mercado compevo (…) [y] las tarifas deben reejar siempre tanto el nivel y la estructura de los
costos económicos de prestar el servicio (…)”.
80. Arculo 87.2 ibídem: “Por neutralidad se enende que cada consumidor tendrá el derecho a tener el mismo tratamiento tarifario que
cualquier otro si las caracteríscas de los costos que ocasiona a las empresas de servicios públicos son iguales (…)”.
81. Arculo 87.4 ibídem: “Por suciencia nanciera se enende que las fórmulas de tarifas garanzarán la recuperación de los costos y
gastos propios de la operación (…)”.
calidad y cobertura determinada, el desarrollo de la regulación relacionada con la calidad
del servicio ha sido menos dinámico.
En consecuencia, el nuevo marco tarifario establece la estructuración de un esquema de
descuentos asociados a la calidad del servicio, de forma que se generen incenvos
económicos para que las personas prestadoras mejoren su desempeño en lo que respecta
a la calidad del servicio público de aseo.
La estructura ene en cuenta índices relacionados con tres dimensiones:
i)
Calidad técnica del servicio, que incluye el nivel de calidad en la frecuencia y
horario de recolección de residuos sólidos no aprovechables.
ii)
Calidad de la gesón comercial, donde se consideran los reclamos comerciales
relacionados con la exactud en el cobro, que son resueltos en segunda instancia
a favor de los suscriptores.
iii)
Calidad en la compactación del relleno sanitario, que indirectamente mide el
cumplimiento de la vida úl de diseño del sio de disposición nal.
Teniendo en cuenta que los suscriptores se ven afectados por las deciencias en la calidad
del servicio, las cuales pueden implicar gastos adicionales dirigidos a migarlas, se
considera necesario introducir medidas que compensen al suscriptor.
Dado que el régimen tarifario se encuentra estructurado sobre la base que las personas
prestadoras suministran un servicio que sasface las necesidades de sus clientes, se
considera que una solución para el problema de compensar al suscriptor por las
deciencias del servicio provenga directamente de un descuento en la tarifa, de forma
que se obene una compensación y al mismo empo se genera un incenvo económico
para que la persona prestadora mejore sus índices de calidad.
La presente metodología se ha estructurado de forma que cada una de las dimensiones,
así como cada uno de sus componentes, pueda ser valorada mediante la construcción
de un indicador.
Teniendo en cuenta lo anterior, en la segunda sección del presente capítulo se establece
el objevo del reglamento de calidad y descuentos, mientras que en la tercera sección se
presenta la juscación para el establecimiento del mismo. Finalmente, en la sección
cuarta se presenta el esquema general de calidad y descuentos que se plantea dentro de
este marco regulatorio y se denen los diferentes indicadores propuestos para el
seguimiento de la calidad del servicio, con lo cual posteriormente se formulan los
descuentos correspondientes.
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