Directiva Presidencial número 01 de 2022 - 17 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 883998382

Directiva Presidencial número 01 de 2022

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín51920

para: ministros, directores de departamentos administrativos, entidades de la rama ejecutiva del orden nacional

de: presidente de la república

asunto: lineamientos frente a contratos de prestación de servicios profesionales o apoyo a la gestión

fecha: 17 de enero de 2022

El Gobierno nacional está convencido que la transparencia, la integridad y la legalidad en la gestión pública y, en especial, en la contratación estatal, constituyen la garantía y la materialización de los fines esenciales del Estado consagrados en el artículo 2º de la Constitución Política. Para garantizar esta finalidad se imparten las siguientes directrices:

  1. Antes de la suscripción de cualquier contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión, se deberá verificar si el contratista, esto es, la persona natural o jurídica, tiene suscrito con cualquier entidad del Estado algún otro u otros contratos de la misma naturaleza, para lo cual deberá apoyarse en las plataformas tecnológicas del Estado disponibles, tales como el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), (https://colombiacompra.gov.co/secop/secop) y el Portal Anticorrupción de Colombia (PACO) (https://portal.paco.gov.co/). Lo anterior con la finalidad de verificar la capacidad e idoneidad del contratista para ejecutar múltiples contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión.

  2. Se reitera la obligación de las entidades nacionales y territoriales de garantizar el registro en el Sistema de Información de Gestión del Empleo Público (SIGEP), (https:// www.funcionpublica.gov.co/web/sigep) de la totalidad de los contratistas a vincularse y la plenitud de la información solicitada en los mismos, en cumplimiento de la normatividad vigente. Para tal fin, el Departamento Administrativo de la Función Pública deberá garantizar que la plataforma SIGEP permita el diligenciamiento integral de los campos obligatorios que se encuentran establecidos por la normativa vigente.

  3. Las entidades estatales indistintamente de su régimen contractual están obligadas a publicar en el SECOP la información oficial de la contratación que realicen con recursos públicos, tal como lo establece la normatividad vigente. Dicho deber además se fundamenta en la garantía de los principios de publicidad y transparencia, previstos en los artículos 74 y 209 de la Constitución Política. De otro lado, las entidades estatales -incluidas las que se rigen por el derecho privado en materia...

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