Directiva Presidencial número 06 de 2016 - 15 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649243865

Directiva Presidencial número 06 de 2016

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín49997

Para: Ministro del Interior, Consejero Presidencial para el Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad, Gobernadores, Alcaldes, Diputados y Concejales.

De: Presidente de la República de Colombia.

Asunto: Apoyo al Consejo Nacional de Paz y a la Creación e Impulso a los Consejos Territoriales de Paz.

Fecha: Septiembre 15 de 2016.

De conformidad con la Ley 434 de 1998, la política de paz es una política de Estado, permanente y participativa. En su estructuración "deben colaborar en forma coordinada y armónica todos los órganos del Estado, y las formas de organización, acción y expresión de la sociedad civil, de tal manera que trascienda los períodos gubernamentales y que exprese la complejidad nacional" (artículo 1º).

De acuerdo con la misma ley, la política de paz del Estado, que desarrollarán las autoridades de la República, el Consejo Nacional de Paz y los Consejos Territoriales de Paz, se orientará por los siguientes principios rectores (artículo 2º):

  1. Integralidad. Para la consecución y mantenimiento de la verdadera paz no es suficiente la sola eliminación de la guerra; se requiere simultáneamente de un conjunto de medidas integrales de carácter socioeconómico, cultural y político que combatan eficazmente las causas de la violencia;

  2. Solidaridad. La paz no es solo el producto del entendimiento y comprensión de los seres humanos sino también el resultado de su solidaridad y reciprocidad;

  3. Responsabilidad. Como la consecución de la paz es una finalidad del Estado y a la cabeza de este está el Presidente de la República, será él quien responda por los resultados; en los términos de la presente ley, responderán igualmente las Comisiones y los Comités que aquí se crean, y los gobernadores y los alcaldes en lo departamental y municipal respectivamente;

  4. Participación. Alcanzar y mantener la paz exige la participación democrática de los ciudadanos, el compromiso solidario de la sociedad y la concertación de las políticas y estrategias para su consecución;

  5. Negociación. La consecución de la paz implica la utilización prioritaria del recurso del diálogo y la negociación como procedimientos expeditos para la desmilitarización de los conflictos sociales y políticos nacionales y territoriales;

  6. Gradualidad. Una paz sólida solo se construye en un proceso continuo y gradual de soluciones integrales, solidarias, responsables, participativas y negociadas.

La Ley 434 de 1998 dispuso crear el Consejo Nacional de Paz con participación de la sociedad...

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