Sentencia del caso Distribuidora Comercial Patria Ltda. vs Medina Inox S.C.S., Carlos Arturo Medina Sierra y Luz Amparo Gualy Ceballos - Normativa - VLEX 880796114

Sentencia del caso Distribuidora Comercial Patria Ltda. vs Medina Inox S.C.S., Carlos Arturo Medina Sierra y Luz Amparo Gualy Ceballos

Número de registro6070677
Año2011
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DELEGATURA PARA ASUNTOS JURISDICCIONALES
GRUPO DE TRABAJO DE COMPETENCIA DESLEAL
Bogotá D.C., diez (10) de febrero de dos mil once (2011)
REPUBLICA DE COLOMBIA
I
Sentencia No. 003 .
Expediente 06070677
Demandante: Distribuidora Comercial Patria Ltda.
Demandado: Medina Inox S.C.S., Carlos Arturo Medina Sierra y Luz Amparo Gualy Ceballos
Procede la Superintendencia de Industria y Comercio a tomar la decisión de fondo respecto
de la acción de competencia desleal instaurada por Distribuidora Comercial Patria Ltda. contra
Medina Inox S.C.S., Carlos Arturo Medina Sierra y Luz Amparo Gualy Ceballos, para lo cual
se tienen en cuenta los siguientes,
1. ANTECEDENTES
1.1. Partes:
Demandante: Distribuidora Comercial Patria Ltda. es una sociedad mercantil que, para lo que
interesa en este proceso, se dedica a la fabricación y comercialización de barreras de control
de acceso y a la prestación del servicio de mantenimiento de dicho producto.
Demandada: Medina Inox S.C.S. es una sociedad mercantil dedicada a la fabricación y
comercialización de artículos e implementos en acero inoxidable entre los que se cuenta, para
efectos de este litigio, los muebles para barreras de control de acceso.
Carlos Arturo Medina Sierra tiene las calidades de socio gestor y representante legal de
Medina Inox S.C.S., en desarrollo de las cuales ejerce las funciones de gerencia general y
dirección técnica de las actividades de la referida persona jurídica.
Luz Amparo Gualy Ceballos es socia gestora de Medina Inox S.C.S. y tiene a su cargo el
manejo de la parte administrativa de dicho ente jurídico, en especial todo lo relacionado con
los pagos a cargo del mismo.
1.2. Hechos de la demanda:
Distribuidora Comercial Patria Ltda. afirmó que, en desarrollo de un contrato que celebró con
Angelcom S.A. para la fabricación de barreras de control de acceso con destino al sistema de
transporte Transmilenio, el 19 de octubre de 2000 contrató a Medina Inox S.C.S. con el objeto
de que fabricara los muebles de dichas barreras y ensamblara en esas estructuras los
elementos mecánicos y electrónicos del producto en cuestión, para lo cual le entregó a la
sociedad demandada los modelos del aludido mueble con cargo de confidencialidad en virtud
de un acuerdo suscrito con ese propósito.
Señaló la actora que durante el mes de diciembre de 2001 las partes terminaron el referido
contrato de fabricación de muebles, el que, debido a desacuerdos entre los contratantes, sólo
se liquidó hasta el 15 de mayo de 2002, sin que Medina Inox S.C.S. hubiera cumplido su
obligación contractual de devolver o destruir la información confidencial que le suministró para
la ejecución del contrato en comento.

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