Edicto - 14 de Febrero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43233713

Edicto

EmisorVarios
Número de Boletín46182

El suscrito Secretario del Juzgado Dieciséis de Familia de Bogotá, D. C.,

CITA Y EM PLAZA:

Al señor Luis Alberto López Bernal, para que dentro del término de fijación del presente edicto, se presente ante este Juzgado a efecto de notificarse del Auto de fecha septiembre veinticuatro (24) de 2002, por medio del cual se admitió la demanda de Declaración de Ausencia, incoada por Jhon Jairo López Salgado y Luz Dary López Salgado, mediante apoderado judicial. Igualmente, se cita a todas aquellas personas que sepan el paradero o tengan noticias del señor Luis Alberto López Bernal. Asimismo, se cita a quienes tengan derechos a la guarda, para que se presenten en el proceso y los hagan valer.

A continuación se transcribe la parte pertinente de la demanda que dio origen al proceso:

¿Señor

Juez de Familia de Bogotá, D. C.

Reparto

E. S. D.

Alvaro Alfonso Moreno Orjuela, mayor de edad, vecino y residente en Bogotá, D. C., identificado con la cédula de ciudadanía número .... y Tarjeta Profesional número ... del Consejo Superior de la Judicatura, obrando como apoderado judicial de los señores Jhon Jairo López Salgado y Luz Dary López Salgado, ambos mayores de edad, domiciliados y residenciados en la ciudad de Bogotá, D. C., como hijos legítimos del señor Luis Alberto López Bernal (ausente), con todo respeto ante el señor Juez, me permito presentar demanda Declaración de Ausencia y nombramiento de Curador de Bienes del ausente, señor Luis Alberto López Bernal, igualmente es mayor de edad, con el objeto de que previo el trámite correspondiente se sirva su despacho hacer las siguientes declaraciones:

  1. Declarar la ausencia del señor Luis Alberto López Bernal, identificado con la cédula de ciudadanía 19143967 de Bogotá, padre de mis mandantes, nacido el 7 de septiembre de 1951, natural de la ciudad de Ramiriquí, Boyacá, de 51 años de edad, Bogotá, D. C., ciudad donde fue el último domicilio conocido y donde se halla el asiento principal de sus negocios.

  2. Que como consecuencia de la anterior declaración de ausencia, se proceda a designar como Curador del ausente a mis mandantes, señores Jhon Jairo López Salgado y Luz Dary López Salgado, ambos mayores de edad, domiciliados y residenciados en la ciudad do Bogotá, D. C., identificados con las cédulas de ciudadanía números 79831551 y 52180083 de Bogotá respectivamente, en lo que hace la curaduría legítima de los bienes del ausente, para lo cual debe procederse a su citación y posesión, habida cuenta de la...

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