resolución número 3079 de 2007, por la cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Hacienda y crédito Público - Servicio de la deuda Pública Nacional para la vigencia fiscal de 2007. - 19 de Noviembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51631679

resolución número 3079 de 2007, por la cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Hacienda y crédito Público - Servicio de la deuda Pública Nacional para la vigencia fiscal de 2007.

Número de Boletín46817
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DIARIO OFICIAL
Edición 46.817
Lunes 19 de noviembre de 2007
de su fuerza ejecutoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Código
Contencioso Administrativo.
Por lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Declarar que la Resolución Ejecutiva número 159 del 14 de junio de
2007, por medio de la cual se concedió la extradición de la ciudadana colombiana
Yaneth Patricia Arango Rosales, ha perdido su fuerza ejecutoria.
Artículo 2°. Comunicar la presente decisión al interesado o a su apoderado, a la
Ocina Asesora Jurídica y a la Dirección General de Asuntos Consulares y Comuni-
dades Colombianas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y al Fiscal
General de la Nación, para lo de sus competencias.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.
MiniSterio de Hacienda
y crédito Público
resoluciones
RESOLUCION NUMERO 3079 DE 2007
(noviembre 13)
por la cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público - Servicio de la Deuda Pública Nacional
para la vigencia scal de 2007.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en
especial la que le conere el artículo 29 del Decreto 4730 de 2005,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 29 del Decreto 4730 de 2005,
las modicaciones al anexo del decreto de liquidación, que no modiquen en cada
sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, Servicio
de la Deuda, o los subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se harán
mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo y requerirán para su
validez la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General
del Presupuesto Nacional. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además el
concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;
Que en el Presupuesto del Servicio de la Deuda Pública Nacional del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, para la vigencia scal del 2007 existen recursos disponibles
y, por estar libres de afectación presupuestal, pueden ser contracreditados;
Que el Coordinador del Grupo de Servicio de la Deuda del Ministerio de Hacienda
y Crédito Público expidió el Certicado de Disponibilidad número 23 del 26 octubre
de 2007 por $80.000.000.000,
RESUELVE:
Artículo 1°. Declarar disponible para ser contracreditada y trasladada la suma de
ochenta mil millones de pesos moneda corriente ($80.000.000.000) en el presupuesto del
Servicio de la Deuda Pública Nacional-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, así:
CONTRACREDITO
CON SITUACION DE FONDOS
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
1401 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA NACIONAL
RECURSO: 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO
CUENTA: 7 SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA
SUBCUENTA: 2 INTERESES, COMISIONES Y GASTOS
DEUDA PUBLICA INTERNA
OBJETO DEL GASTO: 5 ENTIDADES FINANCIERAS $80.000.000.000
TOTAL CONTRACREDITO $80.000.000.000
Artículo 2°. Con base en el contracrédito del artículo anterior, abrir los siguientes
créditos en el Presupuesto del Servicio de la Deuda Pública Nacional-del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público:
CREDITO
CON SITUACION DE FONDOS
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
1401 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA NACIONAL
RECURSO: 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO
CUENTA: 7 SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA
SUBCUENTA: 2 INTERESES, COMISIO NES Y GASTOS
DEUDA PUBLICA INTERNA
OBJETO DEL GASTO: 6 TITULOS VALORES
ORDINAL: 3 TITULOS VALORES $70.000.000.000
OBJETO DEL GASTO: 6 O PER ACI ONES T EMPO RAL ES DE
TESORERIA
ORDINAL: 5 OP ERAC ION ES TEMP ORA LES DE
TESORERIA
$10.000.000.000
TOTAL CREDITO $80.000.000.000
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y
requiere para su validez la aprobación de la Directora General del Presupuesto Público
Nacional.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de noviembre de 2007.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
La Directora General del Presupuesto Público Nacional (E.),
Rutty Paola Ortiz Jara.
(C.F.)
MiniSterio de la Protección Social
resoluciones
RESOLUCION NUMERO 4120 DE 2007
(noviembre 15)
por la cual se efectúa una adición en el presupuesto de ingresos y gastos
de la subcuenta de compensación del Fondo de Solidaridad
y Garantía para la vigencia scal de 2007.
El Viceministro Técnico encargado de las funciones del despacho del Ministro de la
Protección Social, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial
las conferidas en el artículo 13 del Acuerdo 353 del Consejo Nacional de Seguridad
Social en Salud,
CONSIDERANDO:
Que el Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 111 de 1996, establece en el artí-
culo 123, que los recursos que se producen a favor del Fondo de solidaridad y Garantía
en desarrollo del mecanismo de compensación y promoción de que trata el artículo
220 de la Ley 100 de 1993, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en
el Presupuesto General de la Nación”;
Que el numeral 2 del artículo 6º del Decreto 1283 de 1996 establece como función
del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en su calidad del Consejo Admi-
nistrador de los recursos del Fosyga la de aprobar el presupuesto anual de ingresos y
gastos presentado a su consideración por la Dirección General de Gestión Financiera
del Ministerio de Salud y sus modicaciones, hoy Dirección General de Financiamiento
del Ministerio de la Protección Social;
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6º del Decreto 1283 de 1996, el
Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud actúa como consejo Administrador
del Fosyga y tiene la función de determinar los criterios de utilización y distribución
de los recursos del mismo;
Que el artículo 46 del Decreto 1283 de 1996, por el cual se reglamenta el funciona-
miento del Fondo de Solidaridad y Garantía del sistema General de Seguridad Social en
Salud señala que los recursos del Fosyga que no hagan parte del Presupuesto General
de la Nación se ejecutarán conforme al presupuesto aprobado por el Consejo Nacional
de Seguridad Social en Salud;
Que el artículo 13 del Acuerdo 353 del Consejo Nacional de Seguridad Social
en Salud por el cual se aprueba el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía,
Fosyga, para la vigencia scal de 2007 y se dictan otras disposiciones, autoriza al Mi-
nisterio de la Protección Social para efectuar los ajustes al presupuesto de ingresos de
las Subcuentas de Compensación y Promoción en las partidas sin situación de fondos
y al presupuesto de gastos de estas mismas subcuentas en los subproyectos de apro-
piación directa de las EPS, que resulten necesarios como consecuencia del proceso de
compensación que debe surtirse de acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993
y sus Decretos reglamentarios;
Que mediante Decreto 2895 del 31 de julio de 2007, se efectuó una reducción al
presupuesto de ingresos y gastos en la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad
y Garantía para la vigencia scal de 2007, afectando el ingreso en el rubro - Fondos
Especiales Recaudo - Sin Situación de Fondos y en el gasto Ampliación y Renovación
de la aliación del régimen subsidiado- Subcuenta de Solidaridad Fosyga- Atención a
la Población Desplazada - APD a nivel nacional, en $17.500.000.000,00;
Que mediante Resolución 3372 del 19 de septiembre de 2007, se efectuó una adición
al presupuesto de ingresos y gastos en la Subcuenta de Compensación del Fondo de
Solidaridad y Garantía para la vigencia scal de 2007, afectando los rubros de Recaudo
Proceso de Compensación UPC - Sin Situación de Fondos y Licencias de Maternidad
y Paternidad - Apropiación Directa, por valor de $10.000.000.000,00;

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