Resolución Ejecutiva número 122 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 8 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 435621490

Resolución Ejecutiva número 122 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48784

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 2437 del 18 de octubre de 2012, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Carlos Mario Agudelo Gi-raldo, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante resolución del 25 de octubre de 2012, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Carlos Mario Agudelo Giraldo, identificado con la cédula de ciudadanía número 10003805, la cual se hizo efectiva el 1º de noviembre de 2012, por funcionarios de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 2859 del 17 de diciembre de 2012, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Mario Agudelo Giraldo.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Carlos Mario Agudelo Giraldo es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos. Es el sujeto de la Acusación Sustitutiva número S2 11 Cr.881 (DLC),

    dictada el 31 de julio de 2012, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno: Concierto para distribuir y poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos y más de cocaína, y un kilogramo y más de heroína, en violación del Título 21, Secciones 841 (a)(1), 841 (b)(1)(A) y 846 del Código de los Estados Unidos.

    (...)

    Un auto de detención contra Carlos Mario Agudelo Giraldo por este cargo fue dictado el 19 de septiembre de 2012, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... )

    Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Mario Agudelo Giraldo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI/GCE número 2949 del 18 de diciembre de 2012, conceptuó que "...se encuentra vigente entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América, la 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. Sin perjuicio de lo anterior, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado instrumento internacional disponen lo siguiente: (...).

    "De conformidad con lo expuesto, en atención a que el tratado aplicable entre las partes no regula el trámite de extradición, y a la luz de lo preceptuado en los artículos 491 y 496 de la Ley 906 de 2004, la extradición estará gobernada por lo previsto en el ordenamiento jurídico colombiano...".

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Carlos Mario Agudelo Giraldo, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante Oficio número OF112-0023540 del 18 de diciembre de 2012, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto...

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