Resolución Ejecutiva número 272 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 27 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 465385234

Resolución Ejecutiva número 272 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48926

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 016 de 2013 del 15 de enero de 2013, el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Carlos Ariel Holguín Jaramillo, requerido por el Juzgado de Instrucción número 6 de Tarragona, dentro de las diligencias previas número 3721/2011, por un presunto delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas y delito de pertenencia a organización criminal.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante Resolución del 18 de enero de 2013, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Carlos Ariel Holguín Jaramillo, identificado con la cédula de ciudadanía número 94154003, quien había sido detenido el 11 de enero de 2013, con fundamento en una Circular Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 076 de 2013 del 13 de febrero de 2013, la Embajada de España en nuestro país formalizó, la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Ariel Holguín Jaramillo, indicando que este ciudadano se encuentra requerido por el Juzgado de Instrucción número 6 de Tarragona, dentro de las diligencias previas número 3721 de 2011, por un delito contra la salud pública.

    En esta solicitud formal no se hizo mención al delito de pertenencia a organización criminal, que se había referido en la solicitud de detención preventiva.

    Adicionalmente, la Embajada de España mediante Nota Verbal número 078 de 2013 del 15 de febrero de 2013, solicitó la ampliación de la extradición en el sentido de indicar que este ciudadano también es requerido para que termine de cumplir la pena que le fue impuesta por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona, en la Sentencia número 125 de 2008 del 26 de marzo de 2008, como autor responsable de un delito de tráfico de drogas que causa grave daño a la salud.

    Este ciudadano es requerido por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona dentro del Rollo de Ejecutoria 24/2008-A, en el que, el 20 de octubre de 2011, se dictó contra el ciudadano requerido, auto de busca, prisión e ingreso del penado para terminar de cumplir la pena impuesta, fijada finalmente en 6 años de prisión.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Ariel Hol-guín Jaramillo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficios DIAJI/GCE número 0308 y DIAJI/GCE número 0310 del 15 de febrero de 2013, conceptuó que los tratados aplicables al presente caso son:

    "1. La 'Convención de Extradición de Reos', suscrita en Bogotá D. C., el 23 de julio de 1892.

  5. El 'Protocolo modificatorio a la Convención de Extradición entre la República de Colombia y el Reino de España', adoptado en Madrid, el 16 de marzo de 1999..."

  6. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Carlos Ariel Holguín Jaramillo, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante oficio número OFI13-0003501-OAI-1100 del 21 de febrero de 2013, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  7. Que la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 11 de septiembre de 2013, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas aplicables al caso, conceptuó favorablemente a la extradición del ciudadano Carlos...

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