Resolución Ejecutiva número 349 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 11 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 481087034

Resolución Ejecutiva número 349 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín49001

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 1155 del 18 de mayo de 2012, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Rutdy Alirio Zárate Moreno, requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 18 de mayo de 2012, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Rutdy Alirio Zárate Moreno, identificado con la cédula de ciudadanía número 80368114, la cual se hizo efectiva el 20 de mayo de 2012, por funcionarios de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1618 del 13 de julio de 2012, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Rutdy Alirio Zárate Moreno.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Rutdy Alirio Zarate Moreno es requerido para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos. Es el Sujeto de la Acusación número 12 CR 0095 (ARR), dictada el 2 de febrero de 2012, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno: Concierto para distribuir cinco kilogramos, o más, de una sustancia controlada (cocaína), a sabiendas y con la intención de que dicha cocaína sería importada a los Estados Unidos, lo cual es en contra del Título 21, Sección 959(a) del Código de los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 963, 959(c), 960(a)(3) y 960(b) (1) (B) (ii) del Código de los Estados Unidos, y del Título 18, Secciones 3238 y 3551 et seq del Código de los Estados Unidos; y

    -- Cargos Dos, Tres, y Cuatro: Distribuir cinco kilogramos, o más, de una sustancia controlada (cocaína), a sabiendas y con la intención de que dicha cocaína sería importada a los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 959(a), 959(c), 960(a)(3) y 960(b)(1)(B)(ii) del Código de los Estados Unidos, y del Título 18, Secciones 2 y 3551 et seq del Código de los Estados Unidos.

    (.).

    Un auto de detención contra Rutdy Alirio Zárate Moreno por estos cargos fue dictado el 2 de febrero de 2012, por orden de la Corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...).

    El período de tiempo en el que el delito de concierto y en el que los actos delictivos fueron cometidos, abarca desde el 1º de enero de 2005, hasta el 1º de enero de 2009; por lo tanto todas las actividades delictivas tuvieron lugar conposterioridad al 17 de diciembre de 1997„.".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Rutdy Alirio Zárate Moreno, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI/GCE número 1910 del 13 de julio de 2012, conceptuó que por no existir tratado aplicable al caso en mención, es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano.

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Rutdy Alirio Zárate Moreno, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante...

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