RESOLUCIÓN EJECUTIVA NUMERO 485 DE 2008 , (noviembre 28) por la cual se decide sobre una solicitud de extradición . - 28 de Noviembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47077212

RESOLUCIÓN EJECUTIVA NUMERO 485 DE 2008 , (noviembre 28) por la cual se decide sobre una solicitud de extradición .

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín47187

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artÃculo 491 de la Ley 906 de 2004, y CONSIDERANDO: 1.

Que mediante Nota Verbal número 0646 del 17 de marzo de 2008, el Gobierno de los Es tados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano José Fernando Romero MejÃa requerido para comparecer ajuicio por delitos federales relacionados con terrorismo. 2.

Que el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 16 de abril de 2008 decretó la captura con fines de extradición del ciudadano José Fernando Romero MejÃa, identificado con la cédula colombiana número 17335827, decisión que le fue notificada el 17 de abril de 2008, en el establecimiento carcelario donde se encontraba previamente recluido. 3.

Que la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro paÃs, mediante Nota Verbal número 1661 del 13 de junio de 2008 formalizó la solicitud de extradición del ciudadano José Fernando Romero MejÃa.

En la mencionada Nota informa: "...

José Fernando Romero MejÃa es el sujeto de una acusación dictada en la Corte Distri tal de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia.

La Embajada ahora tiene el honor de informar al Ministerio que José Fernando Romero MejÃa también es el sujeto de una acusación adicional dictada en la misma Corte Distrital de los Estados Unidos.

A continuación se incluye la descripción de los dos casos en contra de José Fernando Romero MejÃa: Acusación número 07-248 (RCL).

José Fernando Romero MejÃa es requerido para comparecer ajuicio por delitos federales relacionados con terrorismo.

Es el sujeto de la acusación anteriormente mencionada dictada bajo sello el 25 de septiembre de 2007, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia, mediante la cual se le acusa de: ? Cargo Uno: Concierto para suministrar material de apoyo o recursos a una organiza ción terrorista extranjera, en violación del TÃtulo 18, Sección 2339B (a) (1) del Código de los Estados Unidos;

y ? Cargo Dos: Suministrar material de apoyo o recursos a una organización terrorista ex tranjera, y ayuda y facilitación de dicho delito, en violación del TÃtulo 18, Secciones 2y 2339B (a) (1) del Código de los Estados Unidos.

Un auto de detención contra Romero MejÃa por estos cargos fue dictado el 25 de septiembre de 2007, por orden de la corte arriba mencionada.

Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable. (...) Acusación número 08-048 (RCL).

José Fernando Romero MejÃa es requerido para comparecer ajuicio por delitos federales de narcóticos relacionados con actividades terroristas.

Es el sujeto de la acusación anteriormente mencionada dictada el 4 de marzo de 2008, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia, mediante la cual se le acusa de: ? Cargo Uno: A sabiendas o intencionalmente, concertarse para fabricar, distribuir, o para poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de cocaÃna, a sabiendas o con la intención de suministrar algo de valor pecuniario a una organización que hace terrorismo, te niendo conocimiento de que dicha organización hace terrorismo, y ayuda y facilitación de dicho delito, en violación del TÃtulo 21, Secciones 960a, 841 (a), 841 (b) (1) (A) ( ii ), y 846 del Código de los Estados Unidos, y del TÃtulo 18, Sección 2 del Código de los Estados Unidos. (...) Un auto de detención contra Romero MejÃa por estos cargos fue dictado el 4 de marzo de 2008.

por orden de la Corte arriba mencionada.

Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable. (...) Todas las acciones adelantadas por el acusado en los dos casos del Distrito de Columbia fueron realizadas con posterioridad al 11 de diciembre de 1997. 4.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 496 de la Ley 906 de 2004, el Minis terio de Relaciones Exteriores, a través de la Oficina JurÃdica, mediante Oficio OAJ.

E.

número 1202 del 16 de junio de 2008, conceptuó: "...

que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano". 5.

Que el Ministerio del Interior y de Justicia, mediante Oficio número 17340 del 18 de junio de 2008, remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia la documentación traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de América en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR