Resolución ejecutiva número 295 de 2007, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 151 del 6 de junio de 2007. - 17 de Agosto de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50465392

Resolución ejecutiva número 295 de 2007, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 151 del 6 de junio de 2007.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín46723

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el articulo 491 de la Ley 906 de 2004, el articulo 50 del Codigo Contencioso Administrativo, y CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolucion Ejecutiva numero 151 del 6 de junio de 2007, el Gobierno Nacional concedio la extradicion del ciudadano colombiano Ricardo Enrique Coneo Guerrero, identificado con la cedula de ciudadania numero 73078799, para que comparezca a juicio por el Cargo Uno (Concierto para poseer con la intencion de distribuir cinco o mas kilogramos de una sustancia controlada (cocaina), mientras se encontraba a bordo de una embarcacion sujeta a la jurisdiccion de los Estados Unidos), Cargo Dos (Posesion con la intencion de distribuir cinco o mas kilogramos de una sustancia controlada (cocaina), mientras se encontraba a bordo de una embarcacion sujeta a la jurisdiccion de los Estados Unidos, y ayuda y facilitamiento de dicho delito), Cargo Tres (Concierto paro distribuir cinco o mas kilogramos de una sustancia controlada (cocaina) con el conocimiento de que dicha sustancia controlada seria ilegalmente importada a los Estados Unidos), y por el Cargo Cuatro (Distribucion de cinco o mas kilogramos de una sustancia controlada (cocaina) con el conocimiento de que dicha sustancia controlada seria ilegalmente importada a los Estados Unidos, y ayuda y facilitamiento de dicho delito), referidos en la primera Acusacion Sustitutiva numero 8:06-CR-154-T-23 TBM, dictada el 26 de julio de 2006, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Medio de la Florida.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 44 del Codigo Contencioso Administrativo, la anterior decision se notifico personalmente...

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