Resolución ejecutiva número 337 de 2012, por la cual se rechaza el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 247 del 26 de junio de 2012.
Emisor | Ministerio de Justicia y del Derecho |
Número de Boletín | 48558 |
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Edición 48.558
Miércoles, 19 de septiembre de 2012 D I A R I O O F I C I A L
dor independiente, conforme con los conceptos y las tarifas previstos en las disposiciones
Base de retención
total del aporte que el trabajador independiente deba efectuar al sistema general de seguridad
social en salud, los aportes obligatorios y voluntarios a los fondos de pensiones, los aportes
Aplicación de las normas generales de retención en la fuente a título de
impuesto sobre la renta
sobre la renta, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, en los
siguientes casos:
b) Cuando el trabajador independiente no sea responsable del impuesto sobre las ventas
sobre las ventas y la sumatoria mensual de los pagos o abonos en cuenta por concepto de
-
d) Cuando el trabajador independiente no sea responsable del impuesto sobre las ven-
e) Cuando el trabajador independiente no allegue en debida forma los documentos y la
Responsabilidad de los agentes de retención
Otras disposiciones
Vigencia y derogatorias
Mauricio Cárdenas Santamaría
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
RESOLUCIONES EJECUTIVAS
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO 337 DE 2012
(septiembre 19)
por la cual se rechaza el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución
Ejecutiva número 247 del 26 de junio de 2012.
Cargo Uno: Concierto para ilegalmente, a sabiendas e intencionalmente distribuir, o
-
-
Publíquese en el , notifíquese al ciudadano requerido o a su apoderado,
comuníquese
y cúmplase
Ruth Stella Correa Palacio.
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO 338 DE 2012
(septiembre 19)
por la cual se decide sobre una solicitud de extradición.
“María Elena Carvajal Arango requerida para comparecer a juicio por delitos federales
de narcóticos. Es el sujeto de la acusación sustitutiva número 10-20640 - CR- COOKE(s),
dictada el 19 de enero de 2012, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito
Sur de Florida, mediante la cual se le acusa de:
-- Cargo Uno: Concierto para fabricar y distribuir una sustancia controlada (un ki-
logramo o más de heroína) con el conocimiento de que dicha sustancia controlada sería
ilegalmente importada a los Estados Unidos, lo cual es en contra del Título 21, Sección
952(a), del Código de los Estados Unidos, todo en violación Título 21, Secciones 963 y
960(b)(1)(A) del Código de los Estados Unidos; y
-- Cargo Dos: Concierto para poseer una sustancia controlada (un kilogramo o más de
heroína) con la intención de distribuirla, lo cual es en contra del Título 21, Sección 841(a)
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