Resolución número 0094 de 2013, por la cual se adopta el empleo de linternas de tecnología LED en las ayudas a la navegación en aguas jurisdiccionales colombianas - 17 de Marzo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 428184870

Resolución número 0094 de 2013, por la cual se adopta el empleo de linternas de tecnología LED en las ayudas a la navegación en aguas jurisdiccionales colombianas

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín48735

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 3 y 4 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984 y numerales 1 y 2 del artículo 2º del Decreto número 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que los numerales 1 y 2 del artículo 3º del Decreto-ley 2324 de 1984 establecen como actividades marítimas las relacionadas con la señalización marítima y el control del tráfico marítimo.

Que los numerales 3 y 4 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984 establece como funciones de la Dirección General Marítima, coordinar con la Armada Nacional el control del tráfico marítimo.

Que los numerales 4 y 5 del artículo 5º ibídem, establece como funciones de la Dirección General Marítima, instalar y mantener el servicio de ayudas a la Navegación, efectuar los levantamientos hidrográficos y producir la cartografía náutica nacional, así como, regular, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la seguridad de la navegación en general y de la vida humana en el mar, entre otras.

Que en concordancia con lo anterior, el numeral 12 del artículo 5º del Decreto número 5057 de 2009 dispone que es función de la Subdirección de Desarrollo Marítimo, formular planes y proyectos para la instalación, construcción, administración, operación y mejoramiento del material y equipos de señalización marítima en los canales públicos y controlar la ejecución por parte de las regionales, de acuerdo con las políticas que adopte la Dirección General Marítima.

Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto número 5057 de 2009, numeral 13 del artículo 5º, corresponde a la Subdirección de Desarrollo Marítimo, evaluar, tramitar y expedir las autorizaciones de instalación de la señalización marítima privada y controlar a las compañías que se dediquen al suministro de estos servicios.

Que de conformidad con el artículo 4º del Reglamento número 071 de 1997, proferida por el Ministerio de Transporte - Superintendencia General de Puertos, las sociedades portuarias y titulares de las...

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