Empresas y control al lavado - 7 de Julio de 2014 - El Tiempo - Noticias - VLEX 518543694

Empresas y control al lavado

Gustavo H. Cote Peña

El pasado 17 de junio, la Superintendencia de Sociedades impartió nuevas instrucciones para que algunas de las empresas sometidas a su vigilancia adopten “El sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavados de activos y financiación del terrorismo (LA/FT)”. Riesgo entendido como la pérdida o daño que puede sufrir una empresa al ser utilizada para cometer esta clase de delitos. Su adopción comprende el diseño, aprobación e implementación de una política para la prevención y control del riesgo, que permita su eficiente, efectivo y oportuno funcionamiento y se traduzca en reglas de conductas y procedimientos que orienten la actuación de la empresa, así como de sus empleados y socios. Se pretende detectar operaciones inusuales o sospechosas, para minimizar la posibilidad de que a través de las actividades de la empresa se introduzcan recursos provenientes de estas acciones delictivas. La circular contempla un mínimo de medidas y procedimientos e indica como ejemplos de indicadores del riesgo: transacciones con personas que no estén plenamente identificadas, alto manejo de efectivo sin justificación, compras a precios notoriamente inferiores a los del mercado, aceptar nuevos socios o empleados con antecedentes judiciales de LA/FT, admitir nuevos socios o accionistas sin verificar previamente el origen de recursos que aportan, celebrar operaciones y negocios o contratos sin constancia documental. Igualmente, exige procedimientos para tener un conocimiento de los clientes y contrapartes, herramientas para identificar operaciones sospechosas reportándolas a la Uiaf, y reglas que prohíban actividades, negocios o contratos sin soportes internos o externos, debidamente fechados y autorizados por los que intervengan o los elaboren. La obligación cubre a las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales vigiladas que tengan o llegaren a tener ingresos brutos iguales o superiores a 160.000 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV)...

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