Empresas podrán hacer prueba de alcoholemia a sus trabajadores - 23 de Febrero de 2015 - El Tiempo - Noticias - VLEX 558436778

Empresas podrán hacer prueba de alcoholemia a sus trabajadores

Trabajo

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al resolver un recurso de casación contra una decisión del Tribunal Superior de Bogotá, señaló que es legítimo que un empleador haga pruebas de alcoholemia a sus empleados. “Los dispositivos técnicos útiles para determinar el estado de embriaguez etílica de un trabajador, además de que constituyen un instrumento legítimo del empleador en la tarea de preservar la seguridad industrial y afrontar situaciones de riesgo, al mismo tiempo representan uno de los recursos fundamentales con los que cuenta el trabajador para ejercer su derecho de defensa y controvertir las imputaciones que le pueden ser elevadas, sin algún tipo de soporte técnico”, señaló el alto tribunal en su decisión. El caso era el de un hombre que fue despedido debido a que se negó a practicarse la prueba. El argumento con el que pretendía tumbar la decisión del Tribunal que no falló a su favor la demanda contra la empresa, era que el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses era la única entidad autorizada para determinar el estado de embriaguez de una persona. Sin embargo, frente a ese argumento, “la Corte debe señalar que, en lo que concierne al ámbito de las relaciones laborales, como lo dedujo el Tribunal, no existe alguna norma que determine que las pruebas de alcoholemia sean de la potestad exclusiva de Medicinal Legal”. Y agrega que “en determinados sectores de la producción y en ciertas empresas, el hecho de presentarse al trabajo en estado de embriaguez puede tener mayores niveles de gravedad, por el alto riesgo que entraña para la seguridad de las personas y de los bienes de la empresa, resulta apenas legítimo que el empleador...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR