Comisión de Regulación de Energía y Gas Resolución número 059 de 2012, por la cual se Modifica el Anexo General de la Resolución CREG 067 de 1995, el parágrafo del artículo 108 de la Resolución CREG 057 de 1996 y el artículo 108.2 de la Resolución CREG 057 de 1996 y se establecen otras disposiciones.
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas |
Número de Boletín | 48503 |
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Edición 48.503
Jueves, 26 de julio de 2012 D I A R I O O F I C I A L
Sistema Financiero, corresponde al Superintendente de Servicios Públicos el seguimiento a
Que en el presente acto, se procederá a la aceptación de renuncia y la designación de
RESUELVE:
(C. F.).
UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
Comisión de Regulación de Energía y Gas
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 059 DE 2012
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones consti
conjunto de redes, tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema de suministro del
es aquel sistema de suministro del servicio al inmueble a partir del registro de corte general
ciliario de gas combustible como el conjunto de actividades ordenadas a la distribución de
gas combustible, por tubería u otro medio, desde un sitio de acopio de grandes volúmenes
comercialización desde la producción y transporte de gas por un gasoducto principal, o
por otros medios, desde el sitio de generación hasta aquel en donde se conecte a una red
de Regulación de Energía y Gas en relación con el servicio de energía y gas combustible,
tencia no sea, de hecho, posible; y, en los demás casos, la de promover la competencia
entre quienes presten servicios públicos para que las operaciones de los monopolistas o
hay abuso de posición dominante de la empresa de servicios públicos, al obligar al usuario
a recurrir a la empresa de servicios públicos o a otra persona determinada para adquirir
cualquier bien o servicio que no tenga relación directa con el objeto del contrato, o cuando
de Gas Combustible compilado por el Ministerio de Minas y Energía y toda reglamentación
gas natural o GLP en ninguna instalación interna o tanque estacionario de almacenamiento
pondientes que determine la Superintendencia de Servicios Públicos, sin perjuicio de las
deberán someterse a las pruebas de
hermeticidad, escapes y funcionamiento, y en general a todas aquellas que establezcan los
distribuidor será responsable por el estricto cumplimiento de las normas de seguridad, pro
de que las instalaciones receptoras de los usuarios cumplan con los requisitos mínimos de
seguridad, haciendo para tal efecto las pruebas correspondientes, llevando un registro de
o por cualquier otro personal autorizado y registrado en la empresa, y que no será negocio
tructura de tuberías, equipos, medidores, reguladores, y demás elementos que se utilicen
en conexiones de usuarios a los sistemas de distribución y los equipos que utilicen gas
rehusar la prestación del servicio, o descontinuar el mismo, toda vez que considere que
una instalación o parte de la misma es insegura, inadecuada, o inapropiada para recibir el
será mantenida por este en las condiciones requeridas por las autoridades competentes y
estará obligado a inspeccionar las instalaciones del usuario periódicamente y a intervalos
el cumplimiento de las condiciones de este código y de los contratos que se suscriban con
colocar una etiqueta visible donde conste la fecha de revisión y deberá emitir una constancia
la CREG está sujeto a las disposiciones que emita la autoridad reguladora, la cual podrá
co regulatorio para el servicio público de gas combustible por red y para sus actividades
gas, de la siguiente forma:
“Artículo 108. Elementos tarifarios para las empresas distribuidoras de gas. Sin
perjuicio de las excepciones previstas para las áreas de servicio exclusivo, el servicio de
distribución de gas será regulado mediante dos elementos componentes:
a) En este cargo se incorporan todos los costos y gastos asociados al uso
la rentabilidad de la inversión;
b) Este cargo cubre los costos involucrados en la acometida y el
medidor, y podrá incluir, de autorizarlo la CREG, una proporción de los costos que recu
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