Enmienda del Articulado del Proyecto de Ley 088 de 2016 Cámara - 19 de Agosto de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 647446569

Enmienda del Articulado del Proyecto de Ley 088 de 2016 Cámara

por medio de la cual se modifican los artículos 90, 98 y 123 y del Decreto número 2241 de 1986 y 7° de la Ley 164 de 1994 y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., agosto 17 de 2016

Señores

SECRETARÍA

Cámara de Representantes

Ciudad

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 160 a 162 de la Ley 5ª de 1992, solicito la enmienda del articulado del Proyecto de ley número 089 de 2016 Cámara, radicado el pasado 11 de agosto de 2016, con el fin de corregir un error mecanográfico del artículo 5° que señala: ¿Modifíquese el artículo 7° de la Ley 164 de 1994, el cual quedará así: (¿)¿. La ley que se pretende modificar es la Ley 163 de 1994.

Por otro lado, el articulado está incorrectamente numerado. Por lo cual, se adjunta el proyecto con las correcciones mencionadas.

Cordialmente,

CONSULTAR NOMBRE Y FIRMA EN FORMATO PDF

PROYECTO DE LEY NÚMERO 089 DE 2016 CÁMARA

por medio de la cual se modifican los artículos 90, 98 y 123 y del Decreto número 2241 de 1986 y 7° de la Ley 164 de 1994 y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. Modifíquese el artículo 90 del Decreto número 2241 de 1986, el cual quedará así:

Artículo 90. ¿Las candidaturas a la Presidencia de la República serán inscritas ante el Registrador Nacional del Estado Civil. Las listas de candidatos para el Senado de la República, Cámara de Representantes, Asambleas Departamentales y Gobernación Departamental, así como de los Consejos Intendenciales, se inscribirán ante los correspondientes Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil; las listas de candidatos para los Consejos Comisariales se inscribirán ante el Registrador del Estado Civil de la capital de la Comisaría y las de los Concejos Distrital y Municipales y las alcaldías correspondientes, ante los respectivos Registradores Distritales y Municipales¿.

Artículo 2º. Modifíquese el artículo 98 del Decreto número 2241 de 1986, el cual quedará así:

Artículo 98. ¿Los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil comunicarán a este las listas de candidatos inscritos para Congreso, Asambleas y gobernación así como del Consejo Intendencial, inmediatamente venza el término para la modificación de estas.

Los Registradores Distritales y Municipales enviarán a los Delegados del Registrador Nacional copias de las listas de candidatos inscritos para los Concejos Distritales y Municipales y alcaldías correspondientes y para Consejos Comisariales tan pronto como venza el término para la modificación de las listas de candidatos.

Los Registradores de las capitales de Comisarías enviarán también al Registrador Nacional del Estado Civil copia de las listas de candidatos a Consejos Comisariales, dentro del mismo término¿.

Artículo 3º. Modifíquese el artículo 123 del Decreto número 2241 de 1986, el cual quedará así:

Artículo 123 . ¿En las elecciones para Concejos Distritales y Municipales y Alcaldías municipales se votará en una sola papeleta. Esta será dividida entre el número de Partidos que presenten la lista de votación respectiva que será encabezada por el aspirante a la Alcaldía de la circunscripción por la cual se vota. Se encabezará la papeleta con la inscripción en la cual se expresen los nombres de las Corporaciones que se están eligiendo, es decir, Alcaldía y Concejo, seguida del nombre del partido político que inscribió la respectiva lista¿.

Artículo 4º. Adiciónese el artículo 123A del Decreto número 2241 de 1986, cuya redacción será la siguiente:

Artículo 123 A . ¿En las elecciones para Asambleas Departamentales y Gobernaciones se votará en una sola papeleta. Esta será dividida entre el número de Partidos que presenten la lista de votación respectiva que será encabezada por el aspirante a la Gobernación de la circunscripción por la cual se vota. Se encabezará la papeleta con la inscripción en la cual se expresen los nombres de las Corporaciones que se están eligiendo, es decir, Gobernación y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR