Resolución número 0450 de 2013, por la cual se modifica la Resolución número 3267 del 20 de septiembre de 2012 enrelación a la dirección de atención en la Fundación Hogares Claret para la Modalidad Prestación de Servicios a la Comunidad en Conflicto con la ley - SRPA - 10 de Marzo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 427111590

Resolución número 0450 de 2013, por la cual se modifica la Resolución número 3267 del 20 de septiembre de 2012 enrelación a la dirección de atención en la Fundación Hogares Claret para la Modalidad Prestación de Servicios a la Comunidad en Conflicto con la ley - SRPA

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín48728

La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de La Fuente de Lleras Regional Risaralda, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 7a de 1979, el Decreto 2388 de 1979, artículo 78 de la Ley 489 de 1998, la Ley 1098 de 2006, el Decreto 0987 de 2012 y la Resolución número 3899 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la entidad denominada Fundación Hogares Claret cuenta con personería jurídica vigente, reconocida mediante la Resolución número 07945 del 15 de junio de 1990 por parte del Ministerio de Salud y tiene sus estatutos vigentes.

Que mediante la Resolución número 3267 de fecha veinte (20) de septiembre del año dos mil doce (2012), esta Dirección Regional otorgó renovación de Licencia de Funcionamiento Bienal a la Institución denominada Fundación Hogares Claret, con NIT. 800.098.983-8, la cual se encontraba ubicada en la carrera 4a Nº. 17-63, del Municipio de Pereira, Departamento de Risaralda, para la Modalidad Prestación de Servicios a la Comunidad en Conflicto con la Ley -SRPA, cuya población objeto de atención es adolescentes en conflicto con la ley.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución 3899 del 8 de septiembre de 2010, emanada de la Dirección General del ICBF, el acto administrativo por el cual se otorga la respectiva Licencia de Funcionamiento, debe contener: (i) Clase de licencia de funcionamiento que se otorga; (ii) Término de la vigencia de la misma; (iii) Modalidad para la cual se otorga; (iv) Población objeto de atención; (v) Capacidad de atención instalada en cuanto a número de cupos; (vi) Los inmuebles donde se autoriza prestar el servicio y sus direcciones.

Que la Institución el día veintitrés (23) de enero del presente año bajo la radicación interna número 000489 presentó solicitud de visita a la carrera 11 Bis Nº. 2-10 esquina...

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