La entrevista a potenciales árbitros en Arbitraje Nacional - Núm. 1610, Diciembre 2023 - Boletín Colegio de Abogados Comercialistas - Libros y Revistas - VLEX 1016574755

La entrevista a potenciales árbitros en Arbitraje Nacional

AutorDaniel Quintero Botero
CargoAsociado del área de Arbitraje y Litigio de Garrigues. Abogado de la Universidad del Rosario, LL.M. en Comparative and International Dispute Resolution de Queen Mary University of London.

Cuando se habla de arbitraje tanto en el foro nacional como en el internacional, la flexibilidad se presenta como una de sus principales ventajas frente al proceso judicial. Sin embargo, el arbitraje nacional en Colombia no es tan flexible como muchos quisiéramos. En Colombia se diferenció el arbitraje nacional del internacional y, por algún motivo, el primero se ha querido asimilar a ultranza al proceso judicial. Se definió que los árbitros son, en esencia, jueces; que el procedimiento debe ser regulado legalmente, como el judicial, y que el laudo es una sentencia (contra la que procede la tutela). Esto no parece tener visos de cambiar en el futuro cercano, pero lo que los usuarios del arbitraje pueden hacer es buscar devolver cierta flexibilidad al mecanismo para ajustarlo más a sus necesidades.

Con ese fin, este artículo se refiere solo al punto de la elección de árbitros. A nivel comparado, las partes tienen amplias facultades para elegir a los árbitros. Por ejemplo, cada parte puede designar a un árbitro y los árbitros pueden o no ser abogados. En Colombia, la Ley 1563 de 2012 nos limitó a tres opciones en arbitraje nacional: designación de común acuerdo por las partes, designación por un tercero (ej. centro de arbitraje) o designación por el juez.2 Bajo la segunda y tercera opción, acudir a arbitraje no dista significativamente del proceso judicial: al final, el tercero que decidirá la controversia no lo eligen las partes, sino la suerte. Por tanto, cuando las partes de un arbitraje quieren hacer valer su derecho de elegir a los árbitros, irremediablemente deben buscar acuerdos y hacer concesiones para llegar a un panel que pueda ser satisfactorio.

El problema radica en que, en muchos casos, las partes no conocen a los árbitros. Como consecuencia, no es inusual que quien termina designado como árbitro es el producto de un proceso de descarte. Una vez desechados los candidatos indeseables, ya sea por experiencias pasadas desafortunadas, por posiciones jurídicas adversas, conflictos de interés, etc., el árbitro finalmente designado puede ser un desconocido, al menos, para alguna de las partes.

Claro, ningún abogado responsable designa a un árbitro sin tener una idea de sus aptitudes, conocimientos y experiencia. Sin embargo, acceder a la información sobre los árbitros nacionales no es tan simple. En arbitraje internacional es común el uso de herramientas como ART (Arbitrator Research Tool) de Global Arbitration Review o similares, pero...

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