Epítome conceptual del Derecho Penal Ambiental
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Epítome conceptual del
Derecho Penal Ambiental
En términos muy generales delito es la conducta que transgrede
injustamente un derecho ajeno, y habida consideración de su gravedad,
el sistema jurídico penal determina que, como consecuencia, el
autor de la acción reciba una sanción, que usualmente es la pérdida
procedente, el correspondiente resarcimiento de perjuicios a la víctima
Derecho Penal1
Pero si el mismo sujeto obtiene provecho ilícito, con perjuicio ajeno,
Con la salvedad que se ha hecho, la diferencia fundamental de
la pena por el delito frente a las sanciones por violación de otras
regulaciones jurídicas estriba en la posibilidad que el autor de la
conducta pierda su libertad, debido precisamente a la importancia
1 Aunque en lengua a nglosajona se denomina Criminal Law, no es corr iente hablar
de Derecho crim inal como sinónimo del De recho Penal, aunque sí se util iza Política
Alberto Gómez Mejía26
es primordialmente el resultado de la valoración de lo que es justo en
conductas que afectan su orden social de manera grave, de acuerdo
estudia la relación de los organismos vivos entre sí y de ellos mismos
expresado Arthur la Ecología es una disciplina que estudia la
realidad intrínseca con un enfoque sistémico, una ciencia de síntesis
cognoscitiva, que comparte su objeto con otras ramas diferentes de
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como la conducta humana prevista en una norma penal establecida
por el Estado en la que, en primer lugar, se contempla una acción o
una omisión lesiva o atentatoria contra la vida silvestre, los servicios
ecosistémicos, los procesos ecológicos esenciales, o los sistemas
que soportan las diferentes formas biológicas, y, en segundo lugar,
determina para su autor la sanción correspondiente, por lo general,
con la legislación sobre los delitos ecológicos fue el Código Penal de
una sección especial para esta clase de delitos, pero sí previó algunas
disposiciones que sancionaban las conductas de quienes de una
manera u otra atentaran contra los intereses ambientales colectivos
Posteriormente en 1980, con el decreto ley 100, se adoptó un nuevo
Código Penal, que traía un capítulo, el segundo, que se denominaba
2 Eco logía Polít ica y Est udios Ambien tales .
Estos son algun os de ellos: daño de obras destinada s a la defensa contra las aguas
Epítome conceptual del derecho penal ambiental 27
que subsistió hasta 1999, cuando la ley 491 de ese año actualizó la
normativa penal ambiental colombiana4, y creó, en su reemplazo, un
y el ambiente”5
Poco tiempo después, la ley 599 de 2000 adoptó para Colombia
diferentes capítulos, aunque hay un título que contiene la mayoría, el
contra los recursos naturales y (si c)
491 de 19997
Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y
Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras
disposiciones en materia de seguridad”, tenía en su versión original,
4 El proyecto que se conv irtió en la ley 491 de 1999 fue presentado a la co nsideración
en el seno de la Comisión Revisor a de Legislación Ambiental, crea da por la ley 261
por el proponente, incor poradas por la ponente, Represe ntante Alegr ía Fonseca y
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propuso, sin éxito, en el seno de l a Comisión Revisora de la Legislación Am biental,
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