¿Es obligatorio el revisor fiscal en las copropiedades? - Propiedad horizontal, 100 lecciones básicas que debe conocer - Libros y Revistas - VLEX 741984093

¿Es obligatorio el revisor fiscal en las copropiedades?

AutorMartha Elena Ramírez C.
Páginas125-126

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En las copropiedades habitacionales NO. En las comerciales y mixtas SI. La norma expresa con claridad y detalle que los conjuntos de uso comercial o mixto estarán obligados a contar con Revisor Fiscal, el cual debe ser contador público titulado, con matrícula profesional vigente e inscrito en la Junta Central de Contadores, y deberá ser elegido por la asamblea general de propietarios.

El Revisor Fiscal no podrá ser propietario o tenedor de bienes privados en el edificio o conjunto respecto del cual cumple sus funciones, ni tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, ni vínculos comerciales, o cualquier otra circunstancia que pueda restarle independencia u objetividad a sus conceptos o actuaciones, con el administrador y/o los miembros del consejo de administración, cuando exista.

En los edificios o conjuntos de uso residencial en cambio es potestativo, la norma dice que podrán contar con Revisor Fiscal, si así lo decide la asamblea general de propietarios. En este caso, el Revisor Fiscal podrá ser propietario o tenedor de bienes privados en el edificio o conjunto.

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Desde la analogía que...

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