¿Es posible enmendar un salario integral a salario ordinario? - Núm. 11, Octubre 2015 - Artículos de Activo Legal - Noticias - VLEX 631648017

¿Es posible enmendar un salario integral a salario ordinario?

La base y condiciones para establecer el salario integral son mencionadas en el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo; así la posibilidad de modificar la modalidad salarial de un trabajador que se encuentre devengando un salario integral debe encontrarse en armonía con las condiciones estipuladas en este artículo: por ejemplo que la persona gane 10 o más salarios mínimos por mes y que su factor prestacional no sea menor al 30 por ciento. Además de que tal cambio en la modalidad salarial no constituya una desmejora para el trabajador.

Bajo estas condiciones mencionadas, para que un salario sea permanentemente categorizado como integral debe modificarse constantemente conforme a lo que establezca el Estado como salario mínimo; esto es, que cada año en que se aumenta el salario mínimo, de igual manera se debería aumentar–en el mismo porcentaje que el aumento del salario mínimo-el salario de aquellos trabajadores que se beneficien del salario integral.

Como es un hecho que prácticamente todos los años el salario mínimo aumenta en proporciones mayores al IPC, el número de personas que ganan este salario es menor y de la misma manera, son cada vez menos las empresas que pueden pagar estos salarios a sus trabajadores. Conociendo esta dificultad, es importante conocer si los empleadores podrían cambiar la modalidad de salario integral de sus trabajadores a uno ordinario, cuya modificación no está sujeta a los cambios anuales del salario mínimo, sin que esto implique para los trabajadores una desmejora en su situación laboral.

Ahora, para hacer una transición de salario integral a salario ordinario, sin generar impactos negativos para los trabajadores, el empleador deberá restar del salario integral el factor prestacional (30%) dividiendo al primero en 1,3 (por motivo que en la práctica el salario integral comparte una parte como salario neto del 100% y una adición que es el factor prestacional del 30%). De esta manera se calcula el salario ordinario, al que se le deberá calcular las prestaciones sociales y seguridad social conforme con las reglas laborales generales.

En cuanto a la voluntad entre las partes en...

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