Decreto número 70 de 1998, por el cual se fijan las escalas de asignaciones básicas, régimen de nomenclatura y clasificación de los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se dictan otras disposiciones en materia salarial. - 10 de Enero de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59759900

Decreto número 70 de 1998, por el cual se fijan las escalas de asignaciones básicas, régimen de nomenclatura y clasificación de los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

EmisorDepartamentos Administrativos
Número de Boletín43212

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º Asignaciones básicas

A partir del 1 de enero de 1998, fíjanse las siguientes escalas de asignaciones básicas para los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil:

Escala del nivel directivo

Grado Asignación básica

08 3.242.351

07 3.023.717

06 2.733.717

05 2.295.067

04 2.125.062

03 1.800.900

02 1.764.360

01 1.275.038

Escala del nivel asesor

Grado Asignación básica

10 2.744.676

09 2.614.176

08 2.483.676

07 2.301.777

06 2.171.277

05 2.040.777

04 1.910.277

03 1.734.052

02 1.642.248

01 1.428.043

Escala del nivel ejecutivo

Grado Asignación básica

18 2.192.400

17 2.017.820

16 1.832.220

15 1.631.355

14 1.528.129

13 1.445.043

12 1.360.040

11 1.317.539

10 1.275.038

09 1.224.037

08 1.105.033

07 1.054.032

06 1.003.030

05 952.029

04 901.027

03 840.269

02 763.102

01 704.659

Escala del nivel profesional

Grado Asignación básica

18 1.988.124

17 1.842.312

16 1.696.500

15 1.547.208

14 1.425.060

13 1.302.912

12 1.241.118

11 1.140.048

10 1.020.030

09 935.028

08 867.026

07 831.695

06 788.824

Grado Asignación básica

05 754.527

04 720.231

03 704.659

02 669.426

01 634.193

Escala del nivel técnico

Grado Asignación básica

20 1.058.616

19 990.756

18 922.896

17 855.213

16 803.463

15 746.460

14 707.048

13 660.608

12 627.148

11 598.961

10 572.536

09 546.111

08 545.489

07 526.999

06 508.507

05 490.016

04 462.279

03 436.266

02 417.932

01 399.755

Escala del nivel asistencial

Grado Asignación básica

20 789.612

19 760.032

18 726.102

17 678.600

16 651.809

15 607.769

14 581.344

13 568.839

12 557.055

11 545.489

10 517.753

09 471.525

08 443.787

07 417.932

06 399.597

05 385.069

04 366.093

03 347.114

02 325.848

01 307.253

Parágrafo. En las escalas de asignación básica de que trata el presente artículo, la primera columna señala los grados que corresponden a las distintas denominaciones de empleos y la segunda determina las asignaciones básicas mensuales para cada grado.

Las asignaciones fijadas en las escalas señaladas en este decreto corresponden exclusivamente a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

Artículo 2º Modifícase la nomenclatura y clasificación de los empleos del Nivel Directivo de que trata el artículo 12 del Decreto 237 de 1997 de la Registraduría Nacional de Estado Civil, la cual quedará así:

Nivel directivo

Código Nivel y denominación Grado

0010 Registrador Nacional del Estado Civil —

0017 Secretario General 08

07

0020 Delegado Departamental del Registrador Nacional 05

04

02

01

0025 Registrador Distrital 05

04

02

01

01

0110 Director 06

05

04

03

Artículo 3º Establécese las siguientes equivalencias entre la nomenclatura y la clasificación de empleos del Nivel Directivo fijadas en el Decreto 237 de 1997 y señaladas en el presente decreto, así:

Situción actual Situación nueva

Código Nivel y Grado Código Nivel y denominación denominación Grado

0010 Registrador Nacional — 0010 Registrador Nacional — del Estado Civil del Estado Civil

0017 Secretario General 07 0017 Secretario General 07

0020 Delegado Departamental 03 0020 Delegado Departamental 01 del Registrador Nacional del Registrador Nacional

0025 Registrador Distrital 03 0025 Registrador Distrital 01

0110 Director 04 0110 Director 03

Artículo 4º Registrador Nacional del Estado Civil

A partir del 1 de enero de 1998, la remuneración mensual del Registrador Nacional del Estado Civil, será de cuatro millones ochocientos ochenta y cinco mil quinientos diecinueve pesos ($4.885.519) M/Cte., distribuidos así:

Asignación básica: $1.758.787

Gastos de Representación: $3.126.732

La Prima Especial de Servicios, sin carácter salarial, a que...

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