Escritura 0380 - 25 de Junio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43177429

Escritura 0380

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín44846

Acto: Venta total.

Vendedora: María Elisa Ortiz Guerra cédula de ciudadanía número 20097908.

Comprador: Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, con NIT número 8001188006 representada por el doctor Carlos Gabriel García Prieto, con cédula de ciudadanía número 3073299.

Inmueble: Lote de terreno denominado La Robleda (hoy La Esperanza).

Dirección: Municipio de Silvania, Cundinamarca.

Cédula catastral: 000200020046000.

Matrícula Inmobiliaria: 157-43871.

Cuantía: $23.500.000.00 moneda corriente.

En el municipio de Madrid, departamento de Cundinamarca, República de Colombia, a los veintinueve (29) días del mes de mayo del año dos mil dos (2002).

Ante mí, Crescencio González Rodríguez, Notario Unico del Círculo de Madrid, Cundinamarca. Se otorgó la escritura de venta efectuada por María Elisa Ortiz Guerra, al Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, sobre el predio rural denominado La Robleda (hoy La Esperanza), situado en jurisdicción del municipio de Silvania, departamento de Cundinamarca, inscrito con Matrícula Inmobiliaria número 157-43871, correspondiente a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Fusagasugá, y con ficha catastral número 000200020046000 de la Seccional de Catastro de Cundinamarca.

Comparecencia: Comparecieron con minuta escrita y en medio magnético el doctor Carlos Gabriel García Prieto, mayor de edad, vecino de esta ciudad, casado con sociedad conyugal vigente, identificado con la cédula de ciudadanía número 3073299 expedida en La Mesa (Cundinamarca), vecino de Bogotá de paso por este municipio, quien obra en su condición de Gerente de la Regional Cundinamarca, del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, calidad que acredita con la certificación expedida por la Secretaría General del Incora, en ejercicio de las facultades delegadas en la Resolución número 2720 de octubre 24 de 1997, proferida por la Gerencia General del Incora y Oficio número 002724 del 7 de marzo de 2002, por una parte, quien para los efectos del presente contrato se denominará el Incora, y por la otra, María Elisa Ortiz Guerra, mujer, mayor de edad, de estado civil casada con sociedad conyugal vigente identificada con la cédula de ciudadanía número 20097908 expedida en Bogotá, quien para efectos de este instrumento se denominará la Vendedora. Declaran que en desarrollo del programa previsto en el Capítulo VI de la Ley 160 de 1994 y Decreto Reglamentario 2666 de 1994, esto es, adquisición directa por parte del Incora, han celebrado el presente contrato de compraventa contenido en las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto. La vendedora transfiere en venta real y enajenación perpetua a favor del Incora, el derecho de dominio y posesión, que tiene y ejerce sobre la totalidad del predio rural denominado La Robleda (hoy La Esperanza) situado en jurisdicción del municipio de Silvania, departamento de Cundinamarca, el cual se halla inscrito con folio de matrícula inmobiliaria número 157-43871 correspondiente a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Fusagasugá, y con ficha catastral número 000200020046000 de la Seccional de Catastro de Cundinamarca, el cual se identifica por los siguientes linderos generales:

Descripción cabida y linderos: El predio objeto del presente instrumento, tiene una extensión de 4-7797 hectáreas, según plano topográfico levantado por el Incora y referenciado con el número de...

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