Escritura 0892 - 15 de Abril de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43174678

Escritura 0892

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín44769

Clase de acto. Compraventa.

Vendedora. María Inés González Serna.

Comprador. Incora.

Cuantía. $15.000.000 moneda corriente.

Matrícula inmobiliaria número 292-0005827.

En el municipio de La Virginia, Círculo Notarial del mismo nombre, departamento de Risaralda, República de Colombia, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año dos mil uno (2001), ante mí, Helmer Augusto López Gómez Notario Unico del Círculo de La Virginia, compareció el señor Luis Carlos Leiva González, mayor de edad, de estado civil casado, domiciliado en la ciudad de Per eira, identificado con la cédula de ciudadanía número 18601760, quien actúa en nombre y representación de María Inés González Serna, identificada con la cédula de ciudadanía número 24962265, según poder especial que se adjunta para que haga parte integrante de este documento y se inserte en el protocolo, quien en adelante se denominará el vendedor a quienes personalmente conozco, de lo cual doy fe y manifestó:

Primera. Que en virtud de negociaciones directas y voluntarias con representantes del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, previo el procedimiento señalado por la Ley 160 de 1994 y teniendo en cuenta las disposiciones de las demás normas pertinentes, se llegó a un acuerdo sobre la venta a dicho Instituto del inmueble rural denominado La Camelia, ubicado en jurisdicción del municipio de Pueblo Rico, departamento de Risaralda, sobre el precio y la forma de pago.

Segunda. Que en su condición de apoderado de la propietaria, transfiere al Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, el derecho de dominio y la plena propiedad y posesión que tenga o que pueda tener sobre el predio denominado La Camelia, ubicado en jurisdicción del municipio de Pueblo Rico, departamento de Risaralda, con todas sus anexidades, mejoras, construcciones, elementos y accesorios, servidumbres activas o pasivas legalmente constituidas sobre los mismos, con cabida total de treinta y cuatro hectáreas, cinco mil seiscientos veintitrés punto novecientos veinticuatro metros cuadrados ($34.5623.924 Has.), según plano con número de archivo 486‑609IN cuya copia heliográfica se anexa para que se protocolice con el presente instrumento y sirva de identificación del inmueble en lo sucesivo, hecho del cual tomará atenta nota la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Apía, Risaralda, para efectos de publicidad frente a terceros.

Tercera. El área y linderos generales del predio La Camelia, tomados del certificado de tradición son:

F‑M‑I 292‑0005827: Area 49‑8500 hectáreas; partiendo del mojón de piedra N° 1, al mojón de piedra N° 2 en una distancia de 570 metros, partiendo linderos naturales con la Quebrada La Cedalia, y en dirección norte, del mojón N° 2 al N° 3 en dirección occidente, en una distancia de 535 metros y partiendo lindero natural con la Quebrada Las Minitas, del N° 3 al N° 4 en una distancia de 750 metros en dirección sur y partiendo linderos con la Quebrada Fuerte Hermosa y Baldíos Nacionales. Del mojón de piedra N° 4 al N° 5 en una distancia de 440 metros, en dirección oriente, partiendo linderos con Baldíos Nacionales, del mojón de piedra N° 5 al N° 1, punto de partida, en la misma dirección oriente, en una distancia de 570 metros y partiendo linderos igualmente con Baldíos Nacionales. Linderos y área del predio La Camelia, que se actualizan y que en lo sucesivo servirán como medio de identificación del inmueble para todos los efectos legales. Area: treinta y cuatro hectáreas, cinco mil seiscientos veintitrés punto novecientos veinticuatro metros cuadrados (34.5623.924 Has.), según plano levantado por el Topógrafo de la Regional Diego Iván Alzate Valencia de fecha 19, 21 y 22 de...

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