Escritura 1.491 - 6 de Mayo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43175572

Escritura 1.491

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín44792

Acto: Venta.

De: Idilides Lisandro Mena Ruiz.

A Favor del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora.

Matrícula inmobiliaria número 210-15437.

En Riohacha, cabecera de este Círculo de Notaría, capital del departamento de La Guajira, República de Colombia, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre, de dos mil uno (2001).

Siendo Notario Titular el doctor Rafael Enrique Manjarrés Mendoza, comparecieron los señores Wilberth de Jesús Salazar Grisales, varón mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 8275385 expedida en Medellín, Antioquia, de estado civil casado, quien actúa en su condición de Director (E.) de la Regional Guajira del Incora, Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, calidad que acredita con la copia auténtica de la Resolución de Encargo número 2048 de 2001, emanada de la Gerencia General del Incora, en ejercicio de las delegaciones de funciones concedidas en la Resolución número 2720 de octubre 24 de 1997 emanada de la Gerencia General y conforme autorización del Gerente General, mediante Oficio número 011848 de fecha 27 de septiembre de 2001, quien para efectos del presente contrato se denominará El Comprador y por otra parte el señor Idilides Lisandro Mena Ruiz, varón mayor de edad, vecino de la ciudad de Riohacha, identificado con la cédula de ciudadanía número 17802897 expedida en Riohacha, Guajira, quien obra en su calidad de propietario del predio rural denominado Palma Seca, ubicado en jurisdicción del municipio de Dibulla, departamento de La Guajira, quien para efectos del presente contrato se denominará el Vendedor, hacemos constar por el presente documento la celebración del contrato de compraventa, que se regirá por las siguientes cláusulas.

Primera. Objeto. El Vendedor, transfiere en venta real y enajenación perpetua el derecho de dominio y la posesión material que tiene y ejerce sobre el predio rural denominado Palma Seca, ubicado en jurisdicción del municipio de Dibulla, departamento de La Guajira, junto con las servidumbre activas y pasivas legalmente constituidas sobre el predio, mejoras, construcciones, usos y demás que fueron avaluados para tales efectos por parte del perito avaluador externo del Instituto Geográfico Agustín Codazzi Omar Augusto Muñoz Ibarra, y el control de calidad realizado por el doctor Fernando Mario Valencia Rojas, Profesional Universitario de la División de Avalúo.

Segunda. Identificación del predio, cabida y linderos técnicos. Al predio Palma Seca, le fue asignado el folio de matrícula inmobiliaria número 210‑15437, de la Oficina de Registro del Instrumentos Públicos del Círculo de Riohacha y de acuerdo con el citado folio tiene un área de doscientas cuarenta y seis (246) hectáreas, seis mil (6.000) metros cuadrados.

Comprendido dentro de los siguientes linderos técnicos:

Se tomó como punto de partida el detalle número 33, donde concurren las colindancias de Nicolás Redondo, Vicente Ramírez y Gonzalo Moscote.

Norte: En longitud de 1.110 metros, con Vicente Ramírez del detalle número 33 al delta número 92 en longitud de 431 metros con Felix Pinto del delta número 92 al detalle número 24 y en longitud de 212 metros con Angel F. Mejía del detalle número 24 al número 23.

Este: En longitud de 1.230 metros con Ramón Mendoza arroyo en medio del detalle número 23 al número en longitud de 574 metros con Julio Martínez arroyo en medio del detalle número 19 al número 14 en longitud de 776 metros con María Arias del detalle número 14 al delta número 58 en longitud de 338 metros con Higinio Mendoza al delta número 58 al detalle 7.

Sureste: En longitud...

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