Escritura Pública 183 - 20 de Marzo de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43220260

Escritura Pública 183

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín45856

Notaría Unica del Círculo de Coyaima, Tolima

Notaría: Alba María Luna Peralta.

Código Notaría: 3721770001

Superintendencia de Notaríado y Registro

Formato de Calificación

Matrícula Inmobiliaria: 368-0036784.

Cédula Catastral: 00-003-0010-0008-000-01-01.

Ubicación del Predio: Vereda Chenche Balsillas. Coyaima.

Nombre o Dirección: "El Tunarco"

Arco Jurídico: Compraventa.

Cuantía: $1.517.200.

Otorgantes: Pedro Cacais a Incóder.

En el municipio de Coyaima, Departamento del Tolima, República de Colombia, a veinte (20) del mes de diciembre del año dos mil cuatro (2004) ante mí Alba María Luna Peralta, Notaría Unica del círculo de Coyaima, comparecieron con minuta escrita el doctor Carlos Romano Sefair López, mayor de edad, vecino de Ibagué, identificado con la cédula de ciudadanía número 5830115 de Alpujarra, Tolima, mayor de edad, quien obra en nombre del Incóder en su condición de Jefe de la Oficina de Enlace Territorial número 5 con sede administrativa en la ciudad de Ibagué, departamento de Tolima, debidamente nombrado mediante Resolución de nombramiento número 0139 del 28 de julio de 2003, Posesionados a través del acta número 0094 del 31 de julio de 2003 y facultado legalmente para la suscripción del presente contrato según delegación contenida en la Resolución de Gerencia General número 00116 de 2004, quien en adelante se denominará El Comprador, y por la otra, Pedro Cacais Andrade, mayor de edad, vecino de Coyaima, identificado con la cédula de ciudadanía número 2266457 de Coyaima, quien obra en nombre propio y quien en adelante se llamará El Vendedor, declararon que han celebrado el Contrato de Compraventa, previas las siguientes consideraciones:

  1. Que el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, construyó las obras de infraestructura para el embalse de la Presa Zanja Honda, con el fin de controlar las Crecientes del Río Chenche y de la Quebrada Zanja Honda y para ser utilizada como almacenamiento futuro de aguas del Distrito de Riego del Triángulo del Tolima;

  2. Que dentro del Programa de Renovación de la Administración Pública, el Gobierno Nacional ordenó la supresión y la liquidación de algunas entidades de Estado, entre ellas el Instituto Nacional de Adecuación de Tierra, INAT, el Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural DRI, el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura INPA y el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria Incora;

  3. Que para asumir las funciones, competencias y continuar con los proyectos adelantados por las entidades anteriores, se creó el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural Incóder, mediante el Decreto número 1300 de 24 de mayo de 2003;

  4. Que el Incóder adelanta la ejecución de obras necesarias para la construcción de la presa Zanja Honda y obras complementarias en el distrito Triángulo del Tolima y que por lo mismo es necesario entrar a adquirir la parte correspondiente a los predios que resultan afectados con la obra pública, entre los cuales está el de propiedad del señor Pedro Cacais Andrade;

  5. Que en virtud de lo anterior se procede a celebrar el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera. Identificación del Inmueble, Cabida y Linderos: Que el Vendedor actualmente detenta la propiedad y la posesión quieta y pacífica sobre un globo de terreno ubicado dentro de la Jurisdicción del municipio de Coyaima, vereda Chenche Balsillas, y conocido como Tunarco, cuyos linderos generales tomados de la Sentencia de Pertenencia de fecha 28 de junio de 1999 del Juzgado Segundo Civil del Circuito del Guamo, departamento del Tolima, con una cabida superficiaria de quince (15) hectáreas aproximadamente, son los siguientes: Por el Oriente, con posesión de Severo Loaiza, por el occidente, con posesión de Pastor Bríñez y Luis Poloche Capera, por el sur con posición del mismo Pedro Cacais Andrade y por el norte con posesión de Alvaro Alape Bucuru.

Parágrafo 1°. El predio anteriormente descrito, fue objeto de levantamiento topográfico por parte del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Igac, según el plano con número de archivo 606ª.dwg, de fecha septiembre de...

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