Escritura Pública 184 - 6 de Marzo de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43219724

Escritura Pública 184

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín45842

Escritura Pública número ciento ochenta y cuatro (184)

Notaría Unica del Círculo de Coyaima, Tolima.

Notaria: Alba María Luna Peralta.

Código Notaría: 3721770001.

Superintendencia de Notariado y Registro.

Formato de calificación

Matrícula inmobiliaria: 368-0038564 y 368-0038563.

Cédula catastral: 000400500440010101 y 000400500400010101.

Ubicación del predio: Vereda Totarco Dinde y Zanja Honda.

Nombre o dirección: "Guásimo y Guásimo de la Casa".

Acto jurídico: Compraventa.

Cuantía: $985.000.

Otorgantes: Carlina Yara de Cacais a Incóder.

En el municipio de Coyaima, departamento del Tolima, República de Colombia, a veinte (20) del mes de diciembre del año dos mil cuatro (2004), ante mí Alba María Luna Peralta, Notaria Unica del Círculo de Coyaima, comparecieron con minuta escrita el doctor Carlos Romano Sefair López, mayor de edad, vecino de Ibagué, identificado con la cédula de ciudadanía número 5830115 de Alpujarra, Tolima, mayor de edad, quien obra en nombre del Incóder, en su condición de Jefe de la Oficina de Enlace Territorial número 5 con sede administrativa en la ciudad de Ibagué, departamento del Tolima, debidamente nombrado mediante Resolución de Nombramiento número 0139 del 28 de julio de 2003, posesionados a través del Acta número 0094 del 31 de julio de 2003 y facultado legalmente para la suscripción del presente contrato según delegación contenida en la Resolución de Gerencia General número 00116 de 2004, quien en adelante se denominará el Comprador, y por la otra, Carlina Yara de Cacais, mayor de edad, vecina de Coyaima, identificada con la cédula de ciudadanía número 28645434 de Coyaima, quien obra en nombre propio y quien en adelante se llamará la Vendedora, declararon que han celebrado el contrato de compraventa, previas las siguientes consideraciones:

  1. Que el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, construyó las obras de infraestructura para el embalse de la Presa Zanja Honda, con el fin de controlar las crecientes del río Chenche y de la quebrada Zanja Honda y para ser utilizada como almacenamiento futuro de aguas del Distrito de Riego del Triángulo del Tolima;

  2. Que dentro del Programa de Renovación de Administración Pública, el Gobierno Nacional, ordenó la supresión y la liquidación de algunas entidades del Estado, entre ellas, el Instituto Nacional de Adecuación Tierras, INAT, el Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI, el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, y el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora;

  3. Que para asumir las funciones, competencias y continuar con los proyectos adelantados por las entidades anteriores, se creó el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incóder, mediante el Decreto número 1300 del 24 de mayo de 2003;

  4. Que el Incóder adelanta la ejecución de obras necesarias para la construcción de la presa Zanja Honda y obras complementarias en el Distrito Triángulo del Tolima y, que por lo mismo, es necesario entrar a adquirir la parte correspondiente a los predios que resultan afectados con la obra pública, entre los cuales está el de propiedad de la señora Carlina Yara de Cacais;

  5. Que en virtud de lo anterior se procede a celebrar el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas:

    Primera. Identificación del inmueble, cabida y linderos. Que la Vendedora actualmente detentan la propiedad y la posición quieta y pacífica sobre dos (2 ) globos de terrenos, ubicados dentro de la jurisdicción del municipio de Coyaima, vereda Zanja Honda y conocido como "Guásimo y Guásimo de la Casa", cuyos linderos, generales tomados de la Sentencia de Pertenencia de fecha 17 de febrero de 1999, del Juzgado Segundo Civil del Circuito del Guamo, departamento del Tolima, así:

    1. Guásimo con una cabida superficiaria de una (1) hectárea, son los siguientes:

      Por el oriente, occidente, norte y sur: Con terrenos de Nelson Tovar.

      Parágrafo 1°. El predio anteriormente descrito, fue objeto de levantamiento topográfico por parte del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, según el plano con número de Archivo 608.dwg, de fecha julio de 2004, del cual se acompaña copia para que se inserte en el protocolo, el inmueble tiene una superficie de seis mil ciento dos coma dieciocho (6.102,18) metros cuadrados y sus linderos generales actualizados son:

      Punto de partida: Se tomó como punto de partida el punto número 1 situado al noroeste en la concurrencia de las colindancias de Nelson Tovar y el globo a deslindar.

      Colinda así:

      Norte: Del punto número 1 se sigue en línea recta en sentido noreste hasta encontrar el punto número 2, en una distancia de 45,76 metros; del punto número 2 se sigue en sentido general sureste hasta encontrar el punto número 3, en una distancia de 75,12 metros. Del punto número 1 al punto número 3, colinda con Nelson Tovar, en una distancia de 120,88 metros.

      Este: Del punto número 3 se sigue en sentido general sureste por la margen derecha aguas debajo de un caño hasta encontrar el punto número 4, colindando con Nelson Tovar, caño al medio, en una distancia de 77,36 metros.

      Sur: Del punto número 4 se sigue en sentido general suroeste hasta encontrar el punto número 5, en una distancia de 15,67 metros; del...

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