Escritura Pública 207 - 21 de Marzo de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43220269

Escritura Pública 207

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín45857

Notaría Unica del Círculo de Coyaima, Tolima.

Notaria: Alba María Luna Peralta.

Código Notaría: 3721770001.

Superintendencia de Notariado y Registro.

Formato de calificación

Matrícula inmobiliaria: 368-0037162.

Cédula catastral: 00-04-005-0067-000-01-01.

Ubicación del predio: Vereda Zanja Honda, Coyaima

Nombre o dirección: El T riángulo.

Acto Jurídico: Compraventa parcial.

Cuantía:. $4.982.600.

Otorgantes: Nicolás Luna Poloche a Incóder .

En el municipio de Coyaima, departamento del Tolima, República de Colombia, a treinta (30) del mes de diciembre del año dos mil cuatro (2004), ante mí Alba María Luna Peralta, Notaria Unica del Círculo de Coyaima, comparecieron con minuta escrita el doctor Carlos Romano Sefair López, mayor de edad, vecino de Ibagué, identificado con la cédula de ciudadanía número 5830115 de Alpujarra, Tolima, mayor de edad, quien obra en nombre del Incóder, en su condición de Jefe de la Oficina de Enlace Territorial número 5 con sede administrativa en la ciudad de Ibagué, departamento del Tolima, debidamente nombrado mediante Resolución de nombramiento número 0139 del 28 de julio de 2003, posesionados a través del Acta número 0094 del 31 de julio de 2003 y facultado legalmente para la suscripción del presente contrato, según delegación contenida en la Resolución de Gerencia General número 00116 de 2004, quien en adelante se denominará El Comprador, y por la otra, Nicolás Luna Poloche, mayor de edad, vecino de Coyaima, identificada con la cédula de ciudadanía número 5867260 de Coyaima, quien obra en nombre propio y quien en adelante se llamará el Vendedor, declararon que han celebrado el contrato de compraventa, previas las siguientes consideraciones:

  1. Que el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, construyó las obras de infraestructura para el embalse de la Presa Zanja Honda, con el fin de controlar las crecientes del río Chenche y de la quebrada Zanja Honda y para ser utilizada como almacenamiento futuro de aguas del Distrito de Riego de Triángulo del Tolima;

  2. Que dentro del programa de Renovación de Administración Pública, el Gobierno Nacional, ordenó la supresión y la liquidación de algunas entidades del Estado, entre ellas, el Instituto Nacional de Adecuación Tierras, INAT, el Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI, el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA y el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora;

  3. Que para asumir las funciones, competencias y continuar con los proyectos adelantados por las entidades anteriores se creó el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incóder, mediante el Decreto número 1300 del 24 de mayo de 2003;

  4. Que el Incóder adelanta la ejecución de obras necesarias para la construcción de la presa Zanja Honda y obras complementarias en el Distrito de Triángulo del Tolima y, que por lo mismo, es necesario entrar a adquirir la parte correspondiente a los predios que resultan afectados con la obra pública, entre los cuales está el de propiedad del señor Nicolás Luna Poloche ;

  5. Que en virtud de lo anterior se procede a celebrar el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas:

    Primera. Identificación del inmueble, cabida y linderos. Que la Vendedora actualmente detenta la propiedad y la posición quieta y pacífica sobre un globo de terreno, ubicado dentro de la jurisdicción del municipio de Coyaima, vereda Zanja Honda y conocido como El Triángulo, cuyos linderos, generales tomados de la Sentencia de Pertenencia de fecha 2 de septiembre de 1999, proferida por el Juzgado Segundo Civil, del Circuito del Guamo, departamento del Tolima, con una cabida superficiaria de once (11) hectáreas aproximadamente, son los siguientes:

    Oriente, con posesión de Baudelino Poloche y Justino Poloche.

    Por el occidente: Con carretera que de Coyaima conduce a Totarco.

    Norte: Con posesión de Luz Aurora Poloche y Dídier Madrigal.

    Por el sur: Con posesión de Juan de la Cruz Luna Poloche.

    Parágrafo 1°. El...

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