La Secretaria del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Espinal, Tolima, avisa que se decretó la interdicción provisional de Héctor Fabio Rodríguez Venegas. - 22 de Septiembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 67239675

La Secretaria del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Espinal, Tolima, avisa que se decretó la interdicción provisional de Héctor Fabio Rodríguez Venegas.

EmisorVarios
Número de Boletín47480

de Familia de Espinal, Tolima, AVISA:

Que mediante auto proferido el veintiuno de mayo de dos mil nueve, se admitio la demanda de interdiccion judicial, interpuesta a traves de apoderado por el señor Olmedo Rodriguez Venegas, mayor y vecinos de Flandes, Tolima a favor de Fabio Rodriguez Venegas igualmente mayor y vecino de Flandes, Tolima.

Y, mediante providencia fechada el siete de julio del corriente año, se decreto la interdiccion provisional del señor Hector Fabio Rodriguez Venegas, y designo como su curador provisional al señor Olmedo Rodriguez Venegas.

Asi mismo con fundamento en lo previsto en el Art.659 del C.P.C. Num. 3. Se cita a quienes se crean con derecho al ejercicio de la guarda del presunto interdicto.

Y, para los fines previstos en el Art. 659 del C.P.C., se fija el presente aviso, en lugar publico de la Secretaria del Juzgado por el termino de 20 dias y se entregan copias para su...

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