Resolución número 7662 de 2013, por la cual se establece el reglamento del Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar |
Número de Boletín | 48929 |
La Subdirectora General encargada de las funciones del Despacho de la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras (ICBF), en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en el artículo 205 de la Ley 1098 de 2006 y en el Decreto 936 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 205 de la Ley 1098 de 2006, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar es ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y tiene a su cargo la articulación de las entidades responsables de la garantía de los derechos, la prevención de su vulneración, la protección y restablecimiento de los mismos, en los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal y resguardos o territorios indígenas.
Que mediante el Decreto número 987 de 2012, por el cual se modifica la estructura del ICBF y se determinan las funciones de sus dependencias, se establece entre las funciones de la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar la de liderar la implementación de las estrategias y mecanismos orientados a la articulación del Sistema Nacional del Bienestar Familiar en los diferentes niveles y sectores, bajo los principios de corresponsabilidad y participación.
Que el Decreto número 936 de 2013 reorganiza el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y crea el Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar como la instancia de operación en el ámbito nacional del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, estableciendo su conformación, funciones y secretaría técnica, razón por la cual se hace necesario reglamentar todo lo concerniente a su adecuado funcionamiento.
Que mediante sesión extraordinaria del Comité Ej ecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar realizada en fecha 18 de julio de 2013, el cual consta en Acta número 2 se aprobó la expedición del presente reglamento.
Que según el artículo 14 numeral 11 y artículo 8º parágrafo 3º del Decreto 936 de 2013, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, le corresponde desempeñar la función de Secretaría Técnica del Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y brindar el apoyo técnico, operativo y de coordinación interinstitucional que se requiera.
Que de acuerdo con el numeral 6 del artículo 9º del citado decreto le corresponde al Comité...
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