Establecen reglas sobre origen de tierras baldías - 12 de Julio de 2013 - El Tiempo - Noticias - VLEX 449310862

Establecen reglas sobre origen de tierras baldías

Establecen reglas sobre origen de tierras baldías

Decreto del Gobierno busca superar la inseguridad jurídica que existe sobre la inversión privada en el campo. Primer paso para el nuevo modelo agrario.

Política

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Daniel Valero Redacción Política El limbo jurídico que existe en torno a la compra de tierras de origen baldío y las limitaciones legales que deben aplicarse en estos casos, lo que desató una dura tensión en las últimas semanas, comenzó a resolverse por cuenta de un nuevo decretó que expidió el Gobierno. La base de ese documento, firmado por el ministro de Agricultura, Francisco Estupiñán, es generar seguridad jurídica en torno a los derechos adquiridos sobre la propiedad de los terrenos, para evitar que la inversión privada –tanto nacional como extranjera– se vea golpeada, y garantizar la supervivencia de los campesinos. El decreto 1465 del 10 de julio del 2013, cuyo contenido fue conocido por EL TIEMPO, establece que los predios adquiridos antes de la entrada en vigencia de la Ley 160 de 1994 no tendrán que acogerse a las limitaciones que establece dicha norma, pero los negocios realizados posteriormente a ese año sí deberán limitarse a no superar una unidad agrícola familiar (UAF) cuando se vayan a destinar a proyectos productivos a gran escala. La UAF es una extensión de tierra que varía de acuerdo con la región, pues no puede ser la misma en áreas semiurbanas que en zonas rurales alejadas. Parte de la filosofía de este decreto es determinar procedimientos para, entre otras cosas, realizar la “clarificación de la propiedad” en tierras rurales, lo cual no se hace en el país hace 19 años. El inciso 4 del artículo 40 precisa que una “clarificación de la propiedad” será procedente cuando se cumpla, entre otros requisitos, “que el presunto propietario acreditó el derecho de propiedad privada, porque exhibió una cadena de títulos debidamente inscritos otorgados con anterioridad a la vigencia de la Ley 160 de 1994, en los que constan tradiciones de dominio”. Esto quiere decir que el Gobierno reconoce el derecho de propiedad de quienes compraron tierras de origen baldío antes de 1994, lo que va en contravía de un concepto del Consejo de Estado –emitido en diciembre y que no es vinculante– que decía que los negocios anteriores a ese año debían acogerse a los límites que actualmente establece la ley. Para puntualizar la seguridad jurídica, en otro artículo del decreto (también publicado en la página de la Presidencia) se aclara...

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