Los estímulos a la vivienda social - 6 de Diciembre de 2016 - El Tiempo - Noticias - VLEX 654756345

Los estímulos a la vivienda social

Tras las preocupaciones manifestadas por el sector edificador sobre el negocio de vivienda social (VIS) y de interés prioritario (VIP), la ponencia incluye en la lista de rentas exentas de impuesto desde el 1.° de enero del 2018, estas asociadas a VIS y VIP: Renta exenta por la enajenación de predios destinados al desarrollo de proyectos VIS y VIP. La utilidad en la enajenación de predios para el desarrollo de proyectos de renovación urbana. Las rentas de que trata el artículo 16 de la Ley 546 de 1999 en los términos allí previstos. Los rendimientos financieros provenientes de créditos para la adquisición de vivienda de interés social y de interés prioritario, sea con garantía hipotecaria o a través de leasing financiero, por un término de 5 años contados a partir de la fecha del pago de la primera cuota de amortización del crédito. El IVA social Tras la radicación de la ponencia, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, destacó la inclusión...

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